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    • Novas xerais e anuncios
    • Explica ás familias o proxecto EDIXGAL

    • Antes de nada un pequeno apunte:


      El artículo de la Ley de Propiedad Intelectual que más afecta a los profesores es el siguiente:


      Artículo 32.2. No necesitará autorización del autor el profesorado de la educación reglada para realizar actos de reproducción, distribución y comunicación pública de pequeños fragmentos de obras o de obras aisladas de carácter plástico o fotográfico figurativo, excluidos los libros de texto y los manuales universitarios, cuando tales actos se hagan únicamente para la ilustración de sus actividades educativas en las aulas, en la medida justificada por la finalidad no comercial perseguida, siempre que se trate de obras ya divulgadas y, salvo en los casos en que resulte imposible, se incluyan el nombre del autor y la fuente.

      No puedo distribuir, reproducir ni modificar...
      1. Ningún recurso digital, sin autorización expresa de los autores. 
      2. Cuadernos de trabajo de editoriales, manuales, partituras.
      3. Obras completas de texto, música, vídeo, artículos científicos, programas informáticos…
      4. Dos o más capítulos de un libro o más del 10% del total de una obra.
      5. Una película entera desde un portal web sin autorización expresa.


      Para ter unha lectura amena sobre estes aspectos:
      https://www.trespuntoelearning.com/derechos-autor-en-educacion/