La riqueza lingüística de España
Requisitos do completado
El castellano, lengua oficial de todo el Estado Español, convive en algunos territorios con el gallego, el catalán y el euskera (también llamado vasco).
Así lo establece la máxima ley que regula nuestra convivencia, la Constitución de 1978, en su artículo 3:
| Mira el vídeo "Las lenguas de España" con atención, para aprender a diferenciar cada una de las tres lenguas cooficiales por su sonido. ¿Cuál de ellas se parece menos a las demás? ¿sabes por qué? Después, en un mapa mudo, colorea las zonas bilingües (es decir, aquellas en las que se hablan dos lenguas) y señala qué lenguas se hablan en cada una. Y si quieres saber más, o escuchar algún otro texto, puedes hacerlo en el blog del profesor José Manuel Iglesias. Además,los más curiosos pueden ver, abajo, este otro vídeo sobre la evolución histórica que nos ha proporcionado esta riqueza lingüística. Antes del siglo VIII, en la Península Ibérica solo se hablaba el latín. Pero entonces nos invadieron los árabes, y el latín se fragmentó en muchas lenguas (algunas de ellas desaparecidas hoy). Así fue cómo evolucionaron: |
Las riqueza lingüística de España .... |
| Como has visto en la canción de Dakidarría, en la consideración de las lenguas no todo está tan claro como creemos o como lo presenta la constitución. Hay gente que discute las diferencias entre catalán y valenciano, pues los consideran la misma lengua, e incluso quien opina que gallego y portugués son también variedades del mismo idioma. Más problemáticos son los casos del aragonés, considerado en grave peligro de desaparición por la UNESCO, o del bable (asturiano), que no tiene consideración oficial como lengua aunque empieza a ser reivindicado por algunos sectores. ¿Qué opinas tú? Escucha el vídeo de Rodrigo Cuevas (el "príncipe de Verdiciu"), ¿Qué semejanzas y diferencias observas con respecto al castellano o al gallego? ¿Dirías que esas diferencias son suficientes para considerar el bable como una lengua diferente? |
Verdiciu |
Última modificación: martes, 12 de xuño de 2018, 10:56 AM
Artículo 3