2.1. Contratos de duración indefinida

Los contratos de duración indefinida o fijosson aquellos que no tienen fecha de finalización. Son los siguientes: el contrato de trabajo común u ordinario, el contrato fijo discontinuo y los distintos contratos indefinidos bonificados

q Contrato de trabajo común u ordinario

Es un contrato por tiempo indefinido y a jornada completa. Un contrato indefinido es aquel que se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación de los servicios, en cuanto a la duración del contrato.

q Contrato para la realización de trabajos fijos discontinuos

Se trata de un contrato indefinido a tiempo parcial para efectuar trabajos fijos de ejecución discontinua en el tiempo, que no se repiten en fechas ciertas.

A los supuestos de trabajos discontinuos que se repitan en fechas ciertas les será de aplicación la regulación del contrato a tiempo parcial celebrado por tiempo indefinido.

Los trabajadores serán llamados en el orden y la forma que se determine en los convenios colectivos. Si la empresa no le llamara, el trabajador puede reclamar en procedimiento de despido ante el Juzgado de lo Social, desde el momento en que tuviese reconocimiento de la falta de convocatoria.

 

q Contratos indefinidos bonificados (mirar anexo I al final de unidad)

Tienen por objeto la contratación por tiempo indefinido de trabajadores que pertenecen a alguno de los siguientes colectivos con dificultades para su inserción laboral.

· Trabajadores en situación de exclusión social

· Víctimas de violencia de género, doméstica o víctimas de terrorismo.

·  Trabajadores mayores de 52 anos beneficiarios del subsidio por desempleo.

·  Minusválidos.

·  Existe otro tipo de contrato bonificado llamado contrato de trabajo de apoyo a los emprendedores (art. 4 de la Ley 3/2012) que nació con los objetivos de reducir el desempleo juvenil y fomentar la contratación estable por parte de los emprendedores y PYMES de menos de 50 trabajadores, que según el INE suponen más del 99% del tejido productivo. Se podrá realizar este tipo de contrato hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%. Ha de ser a jornada completa y por escrito en modelo oficial. Período de prueba un año. Existen una serie de incentivos fiscales y deducciones a la seguridad social si los trabajadores contratados tienen  menos de 30 años o más de 45.

Last modified: Monday, 21 December 2015, 6:45 PM