La prevención en la empresa 2
¿Qué organismos públicos están relacionados con la prevención de riesgos laborales?
La Constitución española encomienda a los poderes públicos velar por la seguridad e higiene en el trabajo y por la calidad de vida de los trabajadores.
Para cumplir este mandato, los poderes públicos se apoyan en una serie de organismos e instituciones que deben trabajar de forma coordinada en la promoción de la seguridad y salud en el trabajo.
Vamos a estudiar estos organismos según sea su ámbito de actuación.

2.1. ORGANISMOS INTERNACIONALES
En la Unión Europea, el marco legislativo es establecido por la Comisión Europea mediante una serie de directivas. La Directiva 89/391/CEE establece los principios generales de la salud y seguridad en el trabajo, y otras leyes de la UE abordan cuestiones específicas, como los productos químicos, el ruido, las trabajadoras embarazadas, etc.
Esta directiva tiene por objeto la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores a través de la Agencia Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo.
La Agencia promueve buenas prácticas y transmite información a través de diversos canales de comunicación: desde las campañas de sensibilización hasta las publicaciones en su web, como la Semana Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo.
Otra institución es la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que es un organismo especializado de la ONU cuyo objetivo prioritario es promover la mejora de las condiciones de trabajo. Elabora normas, esencialmente en forma de convenios, de obligado cumplimiento para los Estados que los ratifican, y da recomendaciones.
2.2. ORGANISMOS NACIONALES
En España, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) el órgano científico-técnico especializado de la Administración general del Estado que tiene como misión «el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas». Para ello, establecerá la cooperación necesaria con los órganos de las comunidades autónomas con competencias en esta materia.
Además, actúa como centro de referencia nacional en relación con las instituciones de la Unión Europea, garantizando la coordinación y transmisión de la información que deberá facilitar a escala nacional, en particular respecto a la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo y su red.

El INSST realiza apoyo técnico y colabora con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la vigilancia y el control de la prevención de riesgos laborales.
Otra función del INSST es la de secretariado de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST), que es el órgano colegiado asesor de las Administraciones públicas en la formulación de las políticas de prevención y el órgano de participación institucional en materia de seguridad y salud en el trabajo.
La CNSST aglutina a todos los agentes del Estado español responsables e implicados en la mejora de las condiciones de trabajo y de la calidad de vida laboral, y es un instrumento de participación en la formulación y el desarrollo de la política en materia de prevención.

2.3. ORGANISMOS AUTONÓMICOS
Las comunidades autónomas, a través de sus institutos o comisiones regionales, realizan funciones similares a las del INSST y CNSST respectivamente.
Los órganos técnicos de las comunidades autónomas colaboran con el INSST en materia de prevención de riesgos laborales, y este instituto facilita la participación de las comunidades en organismos internacionales.
También existen algunos organismos de prevención de riesgos de ámbito provincial.
En Galicia está o ISSGA (políticas en materia de prevención de riscos laborais e promoción da saúde no traballo).