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  • El art. 32.3 de la LPI permite al profesorado de la educación reglada impartida en centros integrados en el sistema educativo español y el personal de Universidades y Organismos Públicos de investigación en sus funciones de investigación científica, el uso libre y gratuito para ilustrar la enseñanza reglada y la investigación mediante actos de reproducción, distribución y comunicación pública, y sin necesidad de autorización del autor o editor, de pequeños fragmentos de obras u obras aisladas de carácter plástico o fotográfico cuando concurran una serie de condiciones:

    a) Que tales actos se realicen únicamente en el ámbito de la enseñanza, en la educación o con fines de investigación científica (dentro o fuera del aula –espacio físico-),
    b) Que la finalidad de la reproducción no sea comercial.
    c) Que se trate de obras ya divulgadas.
    d) Que las obras reproducidas no se trate libros de texto, manual universitario o publicación asimilada.