Reformas de importancia en los vehículos.
Lorenzo tiene un coche que casi no lo utiliza y le gustaría darle alguna utilidad pero no se le ocurre nada interesante.
Se lo comenta a María y tras unos instantes de espera, piensa que la mejor opción es embellecer el coche y ponerle una serie de elementos que le darían al vehículo una enorme vistosidad y, por supuesto, modificar el viejo motor con más de quince años por otro muchísimo más nuevo y potente.
Además, estarían dispuestos a intentar participar en un rally que se celebra en su pueblo dentro de un mes. Al ser una prueba amateur, podrían participar si adaptan adecuadamente el vehículo a los requisitos que exige la organización del evento.
Tras comentar la idea a sus amigos Hugo e Ignacio, éstos le comentan que han oído que para finales de verano está programado un festival tuning en un pueblo cercano y que con los conocimientos que tienen podrían tunear el vehículo y participar en el festival.
1.- Introducción.
Lorenzo y María recuerdan que una de las unidades de trabajo que tuvieron que estudiar trataba sobre las reformas de importancia en los vehículos.
Como la idea que han pensado supone la modificación de parámetros originales del vehículo por otros muchos más potentes, lo primero que deberán de hacer será informarse sobre las modificaciones que podrán realizar para posteriormente homologarlas sin problemas.
¿Qué tengo que hacer para tunear mi vehículo? ¿Por qué dicen que si no tengo los papeles en regla pueden poner una multa?¿Por qué tengo que ir a la ITV? ¿Cuánto dinero cuesta toda la documentación? Comienza a leer el tema y empezarás a dar respuesta a muchas de tus curiosidades.
Para empezar debes saber que no todas las reformas en un vehículo están permitidas. Para poder realizar una modificación, ésta debe de estar recogida en la normativa vigente.
El resto de las reformas no tendrán consideración de tales, salvo que afecten de forma importante a la seguridad vial o medio ambiente, en cuyo caso, el órgano de la administración competente en materia de industria lo pondrá en conocimiento del Centro Directivo del Ministerio de Industria y Energía competente en materia de normalización y reglamentación, a efectos de su posible tipificación como nuevas reformas.
En la actualidad, el Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos y sus correspondientes anexos son la normativa referencia para realizar una reforma de importancia.
Dicha normativa tiene por objeto la regulación del procedimiento para la realización y tramitación de las reformas efectuadas en vehículos con el fin de garantizar que tras la reforma se siguen cumpliendo los requisitos técnicos exigidos para su circulación en España.
2.- Definiciones de conceptos utilizados en las reformas de importancia.
Lorenzo le propone a María empezar los trabajos lo más rápidamente posible, pero antes han quedado con el jefe de taller de un servicio oficial de vehículos situado en el pueblo para que les indique por dónde pueden buscar información y, sobre todo, si el taller estaría dispuesto a facilitarle las instalaciones y herramientas necesarias para trabajar sobre el vehículo, a cambio de colocar sobre el mismo publicidad del taller. La idea es celebrada por todos.
Para entender el significado de la reforma de importancia, primero es necesario que conozcas otros conceptos básicos que se encuentran relacionados. ¿Qué es una homologación? ¿Sabrías definir qué es un vehículo? A continuación se exponen los conceptos básicos que debes conocer:
- Homologación de tipo. Procedimiento mediante el cual un estado miembro de la Unión Europea certifica que un tipo de vehículo, sistema, componente o unidad técnica independiente cumple las correspondientes disposiciones administrativas y requisitos técnicos pertinentes y el vehículo se puede comercializar en cualquier país. Si la homologación es a nivel nacional, el vehículo sólo se podrá comercializar en el territorio donde se realiza la homologación.
- Homologación individual. Procedimiento por el cual un estado miembro de la Unión Europea certifica que un vehículo en particular, ya sea singular o no, cumple las disposiciones administrativas y requisitos técnicos establecidos en la legislación aplicable.
- Fabricante. La persona u organismo responsable ante la autoridad de homologación de todos los aspectos del proceso de homologación o de autorización, y de garantizar la conformidad de la producción. No es esencial que la persona u organismo participe directamente en todas las fases de la fabricación de un vehículo, sistema, componente o unidad técnica independiente sujeta al proceso de homologación.
- Taller. Entidad debidamente inscrita en el registro oficial de talleres de reparación de vehículos correspondiente. En España, se denomina Registro especial de talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipos y componentes, regulado por la reglamentación aplicable. También tendrán la consideración de taller las instalaciones de los fabricantes de vehículos cuando intervengan en la ejecución de las reformas en el ámbito que se determine en el Registro de fabricantes y firmas autorizadas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
- Conjunto funcional. Conjunto de sistemas, partes o piezas autorizado por la autoridad de homologación, destinado a cumplir una función determinada en uno o varios vehículos del mismo o de diferentes tipos o categorías y que afectan a una o varias funciones.
- Vehículo. Todo vehículo a motor y sus remolques, incluidos los vehículos especiales.
3.- Reformas de importancia.
Lorenzo y María se reparten la documentación que les ha facilitado el jefe de taller para leerla con tranquilidad durante el fin de semana.
Además han decidido hacer una lista con todas las modificaciones que se les vaya ocurriendo para dotar el vehículo de la mayor potencia y estabilidad posible para poder competir por ganar el primer premio en el rally a celebrar en su pueblo dentro de unas semanas.
Este término incluye cualquier actuación que implique alguna modificación de los datos que figuran en la tarjeta de ITV. Es importante señalar que la variación de color de los vehículos no se considerarán como reforma de importancia.
Las reformas de importancia se pueden clasificar en función del número de vehículos a los que afecte en:
- Reforma de importancia individualizada. Es toda modificación o sustitución efectuada en un sólo vehículo, previa o no a su matriculación, y que no estando incluida en su homologación de tipo, cambia alguna de las características indicadas en la tarjeta ITV del mismo, o es susceptible de alterar las características fundamentales y/o las condiciones de seguridad reglamentariamente definidas.
- Reforma de importancia generalizada. Reforma de importancia que ha de realizarse en más de un vehículo de un mismo tipo.
Con el objetivo de entender mejor las reformas y poder darle un sentido práctico a la normativa, se elabora el Manual de reformas de vehículos, que se trata de un documento elaborado por el Ministerio de Industria en colaboración con los órganos competentes en materia de ITV de las comunidades autónomas, que establece las descripciones de las reformas tipificadas, su codificación y la documentación precisa para su tramitación. Este manual estará disponible para consulta de los solicitantes de una reforma en todas las estaciones de ITV.
La reforma que se realiza en más de un vehículo del mismo se trata de:
Desde el 14 de enero de 2010 entró en vigor una normativa que sustituye a la anterior que se ha estado aplicando durante veintidós años. En el texto se razona la necesidad de esta nueva ley y para qué se han modificado los conceptos de homologaciones. Además se analizan las ventajas y una breve descripción de las reformas que se encuentran tipificadas en dicha normativa. ¿Por qué una nueva normativa sobre homologaciones?
4.- Legislación aplicable.
El jefe de taller avisa a Lorenzo y María que se presenten en el taller por la tarde porque un cliente ha solicitado información sobre las reformas que puede realizar en su vehículo sin que después existan problemas para su homologación.
Así podrán escuchar lo que el jefe de taller le comenta al cliente y podrán tomar nota de lo que consideren más interesante.
¿Es necesario seguir una serie de normas para realizar una reforma de importancia en mi vehículo? ¿Cuáles son dichas normas? En este apartado vamos a analizar la normativa que regula las reformas de importancia.
La primera normativa que regulaba la tramitación de reformas en vehículos de carretera en España era el Real Decreto 736/1988. Para poder permitir las reformas de importancia antes de la matriculación de los vehículos, se modificó el artículo 252 del código de circulación.
Durante muchos años, esta fue la normativa en vigor hasta la aprobación del nuevo Real Decreto 866/2010 que entró en vigor el 2 de Julio de 2010.
El nuevo Real Decreto 866/2010, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos, tiene como objeto unificar criterios de la legislación española en la materia y la emitida por la Unión Europea. Este Real Decreto mantiene la coherencia entre la normativa europea de homologación de vehículos y la nacional sobre las reformas de los mismos; su aplicación permitirá mantener las condiciones de seguridad activa y pasiva de los vehículos y su comportamiento en lo que se refiere a la protección al medio ambiente.
Asimismo, establece la documentación que se debe presentar ante los órganos de la administración competentes en materia de inspección técnica de vehículos. La tramitación y los requisitos específicos exigibles serán los contenidos en el manual de reformas de vehículos.
La normativa actual que regula la tramitación de reformas de vehículos en Andalucía es:
En el siguiente enlace podrás encontrar el texto completo del Real Decreto que regula la tramitación de reformas de vehículos. Deberías empezar por conocer la normativa antes de realizar alguna modificación en tu vehículo.
5.- Tipificación de la reforma.
María le recuerda a Lorenzo que no todo está permitido y que deberán de tunear el vehículo según la normativa vigente. Para ello han quedado con sus amigos Ignacio y Hugo para hacer una tormenta de ideas y anotar las más originales con el objetivo de poder quedar lo mejor posible entre los participantes en el concurso de tuning.
Los códigos de las reformas se denominan con las siglas CR, de forma que con sólo conocer el código se puede identificar las modificaciones realizadas sobre un vehículo. Con objeto de entender mejor la normativa, se ha desarrollado un manual de reformas de importancia por parte del Ministerio de Industria que establece los criterios, procedimientos y requisitos que se deben cumplir para la tramitación de las reformas de vehículos.
Las reformas se han dividido en secciones según el tipo de vehículo:
- Sección I. Vehículos de las categorías M, N y O.
- Sección II. Vehículos de categorías L, quads y utv (vehículo utilitario para tareas o trabajos).
- Sección III. Vehículos categoría T: agrícolas.
- Sección IV. Vehículos de obras y/o servicios.
La clasificación está basada en la Directiva 2011/116/CE, donde se definen las categorías y tipos de vehículos:
- Categoría M. Vehículos a motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros.
- Categoría N. Vehículos a motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de mercancías.
- Categoría O. Remolques (incluidos los semirremolques).
- Categoría L. Incluye los ciclomotores y las motocicletas, así como los vehículos todo terreno, incluidos los quads y otros vehículos de poca cilindrada de tres o cuatro ruedas. Dentro de la categoría L, las motocicletas se dividen en dos grupos: sin o con sidecar.
- Categoría T. Vehículos especiales de dos o más ejes concebidos y construidos para arrastrar, empujar, llevar o accionar aperos, maquinaria o remolques agrícolas.
- Vehículos de obras o servicios. Tractor de obras, máquina de obras automotriz, máquina de obras remolcada, tractor de servicios, máquina de servicios automotriz y máquina de servicios remolcada.
Las secciones para cada tipo de vehículo están divididas según los códigos de reformas, que identificarán las modificaciones realizadas sobre el vehículo. Por ejemplo, el código de reforma 2.1 de la Sección I se refiere a la modificación de las características o sustitución de los elementos del sistema de admisión del comburente en vehículos de categorías M, N y O.
Los códigos de reforma en el manual de reparaciones sólo aparecerán en las secciones donde las reformas sean viables para las categorías de vehículos.
5.1.- Sistemas a los que afecta.
Tal como se indica en el Anexo I del R.D. 866/2010 citado, las reformas de vehículos se refieren a las modificaciones introducidas en los elementos y las funciones que se relacionan a continuación y que, en su caso, serán desarrolladas según convenga en el manual de reformas de vehículos.
Se consideran reformas de vehículos las modificaciones relativas a los siguientes sistemas:
- Identificación. Se corresponde a modificaciones que puedan realizarse en la matrícula del vehículo o en el bastidor de la estructura donde esté grabado la identificación del vehículo.
- Unidad motriz. Son las modificaciones que se realizan sobre la unidad motriz del vehículo, incluyendo el sistema de admisión y alimentación de combustible, el sistema de escape y otros sistemas de accionamiento del motor.
- Transmisión. Son las modificaciones que afectan al sistema de transmisión. Se incluyen las cajas de cambios y los sistemas de tracción.
- Ejes. Son las modificaciones que afectan a la configuración de ejes y ruedas. Las reformas más comunes son las sustituciones de neumáticos por otros no equivalentes, aumentar o disminuir el número de ejes y modificación de la distancia entre ejes. Es importante saber que existen unas tablas de equivalencia de neumáticos, de forma que se permite modificar las dimensiones de las ruedas de un vehículo, siempre y cuando se cumpla su equivalencia.
Suspensión. Son las modificaciones que afectan al sistema de suspensión del vehículo o de alguno de sus componentes elásticos.- Dirección. Son las modificaciones que afectan al sistema de dirección del vehículo. Las reformas más comunes son la sustitución de un volante por otro y la instalación de ayudas en el volante.
- Frenos. Son las modificaciones que afectan al sistema de frenado del vehículo. Incluye la modificación de los mandos de accionamiento del freno y la instalación de sistemas auxiliares de absorción de energía cinética.
- Carrocería. Son reformas que pueden afectar al acondicionamiento interior del vehículo (asientos, cinturones,...) y al acondicionamiento exterior ( estructura, carrocería,bolas de remolque,...).
- Alumbrado. Son las reformas que afectan a los dispositivos de alumbrado y señalización.
- Uniones entre vehículos tractores y sus remolques o semirremolques. Las reformas afectan a los dispositivos de acoplamiento.
- Modificaciones de los datos que aparecen en la tarjeta de ITV. Esta reforma afecta cuando se produce un cambio de clasificación, variaciones para las masas máximas autorizadas o cuando se trata de vehículos para uso exclusivo de pruebas deportivas.
Todas las reformas de importancia están recogidas en el manual de reformas de importancia publicado por el Ministerio de Industria. Entra y descubrirás que no todo está permitido en tu vehículo.
6.- Descripción de las reformas. Sistemas a modificar.
Hay que hacer muchas modificaciones sobre el vehículo original por lo que será necesario dedicarle una gran cantidad de tiempo al proyecto del tuneado, pero el tiempo no importa a María y sus amigos porque gracias a las ayudas que están recibiendo, podrán participar en un concurso con un vehículo muy competitivo y hasta se están planteando en qué podrían invertir el dinero si ganan el primer premio.
¿Puedo aumentar la potencia del motor de mi vehículo? ¿Puedo quitar o añadir asientos? ¿Podría sustituir el sistema de frenada por otro más eficiente?
Cualquier reforma de importancia debe cumplir con la normativa que le sea de aplicación. Además, para su homologación será necesario tramitar una serie de documentación que asegure que el procedimiento de montaje y su funcionamiento en el vehículo no pondrá en peligro la vida del propio conductor o de otros conductores o peatones, tal y como viene definido en el Código de Circulación.
En el presente apartado se realizará un recorrido por los diferentes sistemas que se pueden modificar en un vehículo.
Se describirán las reformas más importantes que se pueden realizar sobre los siguientes sistemas:
- Identificación.
- Unidad motriz.
- Transmisión.
- Ejes y ruedas.
- Suspensión.
- Dirección.
- Frenos.
- Acondicionamiento interior.
- Acondicionamiento exterior.
- Sistema de alumbrado.
- Acoplamientos.
- Modificaciones de los datos que aparecen en la tarjeta ITV.
Todas las reformas están recogidas en el Manual de reformas de vehículos; tenlo siempre a mano y consúltalo en cada uno de los apartados que vamos a ver a continuación para completar tus conocimientos.
La nueva normativa es muy exigente con las modificaciones a realizar en el vehículo, eso significa que es necesario más trámites para cualquier homologación de Tuning. ¿Supondrá la nueva ley la muerte del Tuning?
6.1.- Identificación y unidad motriz.
Las modificaciones que afectan a la identificación del vehículo pertenecen al grupo 1 y están recogidas en los códigos de reforma 1.1, 1.2 y 1.3 del MRV. Insisto en que es interesante que vayas mirando el MRV mientras estudias este capítulo y los que vienen a continuación, pues hacemos referencia contínuamente a los códigos de reforma normalizados el MRV.
- Identificación. Cambiar el emplazamiento de la matrícula, retroquelarla por ausencia, deterioro, desaparición o modificación. Si no se aporta el número de bastidor deberá justificarse que ha sucedido con el mismo: certificado o acta de destrucción, declaración jurada de pérdida o deterioro.
Las modificaciones que afectan a la unidad motriz pertenecen al grupo 2 y se recogen entre los códigos de reforma 2.1 y el 2.10 del MRV. Las reformas de importancia más comunes se pueden resumir de la forma siguiente:
- Unidad motriz. Modificación de las características o sustitución de los elementos del sistema de admisión del combustible o de alimentación del combustible, sustituir el motor por otro de diferentes características o cambiarlo de emplazamiento, modificar el sistema de accionamiento de arranque del motor o variar su potencia máxima.
Las reformas de importancia más comunes que se pueden realizar sobre el motor y que se pueden homologar son las siguientes:
- Elementos añadidos para modificar rendimiento del motor (CR 2.1, 2.2, 2.6 y 2.7). Turbo, intercooler, campana de admisión,...
- Sustitución del motor por otro de diferentes características o cambio de emplazamiento del motor (CR 2.3 y 2.5).
- Aumento de potencia (CR 2.9). Se pueden producir los siguientes casos:
- Si el cambio del motor no supera el 30 % de la potencia del motor de origen, la homologación es sencilla y se suele realizar sin problemas.
- Si el cambio del motor supera entre el 30 % y el 50 % de la potencia del motor de origen, la homologación es sólo posible en algunos casos y es necesario consultar a una empresa especializada, puesto que será necesario modificar también el sistema de frenos, suspensiones y habrá que ensayarlo en un laboratorio acreditado. Es evidente que el procedimiento es muy complejo.
Las formas de conseguir el aumento de potencia se describen a continuación:
- Óxido nitroso. Este sistema eleva de tal manera la potencia y aceleración del motor, que en manos inexpertas puede ser de un riesgo elevadísimo, debido a la entrega instantánea de un número muy elevado de caballos (entre 40 y 300 CV), añadiendo a este riesgo el de explosión del motor por accionamiento inadecuado o ajustes inapropiados.
- Chip. Si la potencia es aumentada en más de un 15 %, no es cubierto por la homologación del motor al tratarse de un nuevo tipo.
- Toma de aire frío. Si lleva un kit de toma de aire frío motor, la mezcla de gasolina-aire es más generosa, produciendo en el motor una potencia adicional, variándose las características termodinámicas del motor.
6.2.- Transmisión, ejes y ruedas.
Las reformas de importancia que afectan al sistema de transmisión pertenecen al grupo 3 y se recogen entre los códigos de reforma 3.1 y el 3.6 del MRV.
- Transmisión. Modificar o sustituir el elemento de conexión, el accionamiento del embrague o la caja de cambios por otra diferente, cambiar las características de los elementos de transmisión desde la caja de cambios hasta las ruedas, modificar el número de ejes motrices, sustituir los ejes por otros de distintas características y modificar el sistema de selección de velocidades por otro de distintas características.
Entre las reformas más comunes que afectan al sistema de transmisión se pueden enumerar las siguientes:
- Cambio de embrague (CR 3.1).
- Instalación de doble mando para autoescuelas y adaptación para personas minusválidas. (CR 3.2).
- Sustitución de una caja de cambios manual por otra automática o viceversa (CR 3.3).
Las modificaciones que pueden realizarse sobre el sistema de ejes y ruedas pertenecen al grupo 4 y se detallan entre los códigos de reforma 4.1 y el 4.10 del MRV.
- Ejes y ruedas. Sustituir el eje por otro de distintas características o modificar las características del mismo, modificar las distancias entre ejes o aumentar o disminuir el número de ejes, instalar o desinstalar separadores que impliquen modificar el ancho de vía, sustituir neumáticos por otros no equivalentes.
Dentro de las reformas de importancia que pertenecen al grupo de los ejes y ruedas, se pueden destacar las siguientes:
- Separadores de rueda (CR 4.4, 4.6 y 4.10). Los separadores de ruedas son unos discos metálicos que se colocan entre la rueda y el eje para conseguir un efecto de ensanchamiento, las ruedas sobresaldrán de la carrocería ligeramente. Cada modelo de vehículo tiene su modelo de separador debido a los diámetros de ejes. También podemos encontrar en colores para personalizar aún más nuestra modificación.
- Ruedas (CR 4.5). Se pueden diferenciar dos situaciones:
- Si el ancho del neumático es compatible con la medida de la llanta instalada no será necesario homologar debido a que los neumáticos no sobresalen de la carrocería. Para ello existe una serie de tablas que permiten saber si el neumático que se está cambiando es compatible o no. La distancia del borde de la rueda al guardabarros tiene que ser menor que el radio de la rueda.
- Si los nuevos neumáticos sobresalen de la carrocería, habrá que instalar aletas laterales o modificar las que tenga el vehículo para cubrir el saliente de los neumáticos y no podrán interferir con la parte inferior de la carrocería, tanto en reposo como en movimiento. La banda de rodadura del neumático deberá quedar cubierta por la aleta en las zonas delimitadas por un ángulo de 30º por delante y 50º por detrás. Puedes observar en las siguientes imágenes dichos ángulos superpuestos sobre un vehículo.
Descarga el archivo comprimido del siguiente enlace. En su interior lleva una hoja de cálculo en formato .xls para abrir con Excel de Office, y la misma en formato .odt para abir con Calc de Open Office. Se trata de la tabla de equivalencias de neumáticos, elige la versión que más te convenga, e investiga cuáles son las medidas homologadas para poder modificar los neumáticos sin necesidad de realizar una reforma de importancia.
6.3.- Suspensión, dirección y frenos.
Las reformas de importancia que afectan al sistema de suspensión pertenecen al grupo 5 y dispone de un único código de reforma que se corresponde al 5.1 del MRV.
- Suspensión. Modificar las características del sistema de suspensión o de algunos de sus componentes elásticos.
Dentro del grupo de suspensión, dos operaciones muy comunes son las siguientes:
- Bajar la suspensión (CR 5.1). Al bajar la suspensión se consigue bajar el centro de gravedad del vehículo, con lo que se mejora sustancialmente la estabilidad y el agarre en curva, pudiéndose aumentar la velocidad de paso por la misma. Este tipo de reforma requiere de proyecto técnico, independientemente de que la modificación consista en subir o bajar la altura del vehículo. Se podrá bajar el vehículo con la limitación de no interferir con otros elementos de la carrocería como los pasos de rueda o con elementos de la carretera, por lo que no se aconseja bajar demasiado el vehículo.
- Subir la suspensión (CR 5.1). En el caso de los vehículos 4x4, lo normal es subir la altura de la suspensión, pero ésta deberá ser como máximo una medida tal que la distancia entre la carrocería y los neumáticos no superen el radio de la rueda. Se consigue una mejora para circular por el campo ante badenes, hoyos,..., y se puede superar obstáculos de mayores dimensiones (ríos, caminos en mal estado,...).
Las reformas de importancia que afectan al sistema de dirección pertenecen al grupo 6 y los códigos de reforma oscilan desde el 6.1 al 6.6.
- Dirección. Modificar el sistema de dirección, cambiar de emplazamiento o sustituir el volante por otro, modificar el tipo y modo de mando con la incorporación o desinstalación de sistemas avanzados.
Entre las reformas de importancia más usuales se pueden enunciar las siguientes:
- Sustituir una dirección por otra asistida (CR 6.1).
- Añadir elementos que alejan el volante del salpicadero y lo acercan al conductor (CR 6.2).
- Sustituir un volante por otro (CR 6.3). Es considerado reforma de importancia la sustitución del volante original por otro de menores dimensiones cuando la diferencia entre los diámetros exteriores de ambos sea mayor del 10 por 100 y hasta el 15 por 100 del diámetro del primero. Nunca se permitirá la sustitución de un volante con airbag por otro que no lo tenga.
- Añadir sistemas avanzados al volante (CR 6.5). La sustitución de un volante equipado con mandos y/o testigos, solamente puede hacerse por otro que también los lleve.
Las reformas de importancia que afectan al sistema de frenado pertenecen al grupo 7 y se detallan en los códigos de reforma desde el 7.1 al 7.4.
- Frenos. Modificar las características del sistema de frenado o de alguno de sus componentes, incorporar sistemas auxiliares de absorción de energía cinética, modificar los mandos de accionamiento del freno.
Con respecto al sistema de frenos, es común las siguientes reformas:
- Instalación de doble mando para autoescuelas y adaptación para personas minusválidas (CR 7.3)
- Modificación de las características del sistema de frenado (CR 7.1). Se puede sustituir un sistema de frenado por otro más eficaz, como por ejemplo, incorporando un kit de frenos perforados de alta eficiencia o el sistema ABS.
Sustituir un neumático por otro no equivalente es un efecto de:
6.4.- Carrocería. Acondicionamiento interior (I).
Las reformas de importancia que afectan al sistema de carrocería pertenecen al grupo 8 y se dividen en dos grandes grupos: acondicionamiento interior (códigos de reforma entre el 8.1 y el 8.40 del MRV) y acondicionamiento exterior (códigos de reforma entre el 8.50 y el 8.96 del MRV). Debes seguir observando el MRV con los códigos de reforma que te ponemos aquí.
- Acondicionamiento interior. Modificar el número de plazas o el tipo de las mismas, asientos, cinturones y sus anclajes, acondicionar el espacio destinado a pasajeros y equipaje, acondicionar vehículos cuando la cabina está integrada en la carrocería, instalación de elementos que facilitan el acceso o salida a personas y mercancías.
Entre las reformas más comunes del acondicionamiento interior de la carrocería se pueden destacar las siguientes:
- Asientos (CR 8.1, 8.2, 8.3, y 8.10). El cambio de asientos viene tipificada como reforma de importancia y sólo se podrán montar aquellos que estén homologados por el fabricante. Deberán estar anclados a los anclajes originales, y en el caso de tener que adaptarlos se realizará mediante tornillería, nunca sobre soldadura.
Si un asiento está equipado con airbag en su interior, no podrá ser sustituido. Se ha de tener en cuenta que incluso unas fundas en un asiento con airbag están alterando el comportamiento de éste, ya que estamos delante de un componente que para su fabricación controla hasta la tensión de sus costuras para asegurar que en caso de impacto el airbag se dispare en sus tiempos de diseño que viene a ser entorno a mili segundos. Un asiento homologado es legalizable siempre y cuando se mantengan las guías y elementos de fijación de los asientos al suelo originales y el tercer punto de fijación del cinturón de seguridad.
- Cinturón y arneses (CR 8.10, 8.11 Y 8.12). Se puede homologar el cambio de algún cinturón de seguridad por otro diferente o modificar la situación de los puntos de anclajes. En cuanto a los arneses, por norma general tienen homologación FIA no compatible con la homologación de componentes para calle. Cierto es que existen arneses con homologación europea, pero el problema reside en dónde se han de fijar estos arneses ya que se han de fijar en los puntos adecuados previstos por el fabricante con una determinada resistencia asegurada, requisito que se muere por principio ya que ningún fabricante piensa que se vayan a poner arneses en sus vehículos.
El segundo problema es que la instalación de arneses no está incluida en el Manual de Reformas, con lo que como tal no se puede considerar es reforma y no es posible autorizarlo. Si se quiere circular con arneses se tendrá que circular con estos puestos y con el cinturón de seguridad.
6.4.1.- Acondicionamiento interior (II).
Continuamos con el acondicionamiento interior:
- Plazas (CR 8.1, 8.2, 8.3 y 8.4). Modificar el número de plazas, aumentando o reduciendo las plazas, sustituir las plazas de asiento por plazas de pie y acondicionar espacios para instalación de sillas de ruedas.
- Acondicionamiento del espacio destinado a pasajeros y equipajes (CR 8.20, 8.21 y 8.22). Instalar o desinstalar elementos permanentes en el frontal del interior del habitáculo del vehículo o mamparas de separación entre asientos y acondicionar el maletero como espacio destinado a viajeros.
- Acondicionamiento de vehículos cuando la cabina está integrada en la carrocería (CR 8.30, 8.31, 8.32 y 8.33). Instalar o desinstalar elementos fijos que afecten a la estructura del espacio destinado a la carga del vehículo, transformación de vehículos en ambulancias, coches fúnebres, blindados, autocaravanas y viviendas y por último instalar arcos de seguridad interior contra el vuelco.
- Elementos que facilitan el acceso o salida a personas y mercancías (CR 8.40). Rampas, elevadores, grúas, plataformas, asideros, peldaños o sistemas de otra naturaleza.
6.5.- Acondicionamiento exterior.
Las reformas de importancia que afectan al acondicionamiento exterior se encuadran dentro del grupo 8 de carrocería y se detalla entre los códigos de reforma entre el 8.50 y el 8.96 del MRV.
- Acondicionamiento exterior. Modificar o transformar la estructura del vehículo, instalar o modifcar elementos funcionales para un uso específico y otras reformas que afectan exclusivamente a vehículos de otras categorías.
Se trata de una de las reformas más comunes y en muchos casos supone una modificación de las dimensiones del vehículo. Está totalmente prohibido los alerones de aluminio, cualquier elemento que tenga aristas cortantes o faldones delanteros en forma de quitanieves.
Entre las reformas más comunes del acondicionamiento exterior de la carrocería se pueden destacar las siguientes:
- Cerraduras y manillas (CR 8.52). Sólo se pueden homologar cuando se elimina la manilla del portón trasero por un mecanismo interior de apertura. También se pueden eliminar las cerraduras de las puertas cuando se conserve el mecanismo interior de apertura y las manillas interiores y, a su vez, exista un mecanismo alternativo exterior de apertura.
- Spoiler (CR 8.52). Se trata de una reforma sencilla debido a que no afecta a la tara o dimensiones del vehículo pero al añadir un elemento a la carrocería es necesaria su homologación.
- Capó (CR 8.52). Se podrá homologar un capó tuning siempre que no se ponga en peligro la toma de aire del motor y que no disponga de aristas cortantes.
Cristales tintados (CR 8.52). Las láminas han de ir instaladas sobre el cristal por la parte del interior del vehículo. Si el cristal es tintado sin lámina adhesiva la contraseña de homologación del cristal ampara el tintado. La legislación es clara, sólo se pueden tintar los cristales traseros y el posterior de portón (maletero), en ningún caso se permitirá el tintado de los cristales delanteros ni de la luna delantera del vehículo. - Paragolpes y defensas (CR 8.52). Para su homologación se requiere que el conjunto no sobrepase el ancho del vehículo y que no dificulte la refrigeración del motor ni influir en el haz de luz de los faros. La parte inferior de las defensas no podrán sobresalir de la parte central del paragolpes.
- Alerones (CR 8.52). No deben de tener aristas cortantes ni salientes. Están prohibidos los metálicos. Para poder homologarse, no sobresaldrán de las cotas máximas del vehículo en anchura y longitud y será obligatorio indicar el modo de fijación, número de tornillos y medida de los mismos.
- Faldones y estriberas (CR 8.52). No tendrán aristas cortantes y deberán presentar una superficie plana. Su altura no podrá ser superior a 55 cm del suelo. No podrán sobresalir del vehículo. Para su homologación, además será necesario el modo de fijación y el número y medida de los tornillos.
- Transformaciones que modifiquen la longitud del voladizo delantero y/o trasero (CR 8.50). Cuando se añada sobre el vehículo algún elemento que modifique la longitud del vehículo, se deberá realizar según la reforma.
- Instalación o modificación de elementos funcionales para un uso específico del vehículo (CR 8.60, 8.61 y 8.62). Sustituir o modificar la carrocería del vehículo, instalar o desinstalar grúas, incorporar plataformas elevadoras, así como trampillas o rampas.
- Puertas (CR 8.51). Una de las reformas más comunes es montar puertas inusuales sobre los vehículos. Este tipo de montaje es muy espectacular por su forma de abrir y porque es típica de los coches deportivos de alta gama. Las puertas más conocidas son las de ala de mariposa, las de gaviota y las de tijera.
6.6.- Sistemas de alumbrado.
Las reformas de importancia que afectan al sistema de alumbrado pertenecen al grupo 9 y se recogen en los códigos de reforma 9.1 y 9.2 del MRV.
- Alumbrado. Instalar o desinstalar cualquier elemento, dispositivo, sistema, componente o unidad técnica independiente de alumbrado y señalización.
Entre las reformas más comunes del sistema de alumbrado se pueden destacar las siguientes:
- Faros (CR 9.1 y 9.2). Los faros de alumbrado a sustituir deberán estar homologados por el fabricante y tendrán grabados los códigos de homologación. Se podrá añadir dos faros de alumbrado hasta un máximo de 4 faros siempre que el índice de luminosidad no supere los 75 puntos. Este tipo de reformas de importancia se pueden homologar con el certificado del taller del instalador.
Está prohibido:
- Colocar neones en el interior del vehículo ni en los bajos aunque se desconecten de la batería.
- Tintar parcial o totalmente los faros ni colocar pestañas o cualquier otro elemento que interfiera en el haz de luz.
- Homologar los kits xenón, debido a que los faros vienen preparados para luces halógenas y no de xenón.

- Luces indicadoras de dirección (CR 9.1 y 9.2). Se cumplirá lo siguiente:
- Siempre será en un número par mayor de dos.
- Situadas en los bordes exteriores y lateral del vehículo.
- Tendrán una intensidad de parpadeo de entre 30 y 90 períodos por minuto.
- Serán de color amarillo auto.
- Tercera luz de freno (CR 9.1 y 9.2). Según el Reglamento General de Vehículos éstas han de ser de color rojo. Con respecto a la colocación, ha de estar instalada en la parte trasera del vehículo a no menos de 150 mm. por debajo del plano horizontal tangente al borde inferior de la superficie expuesta del cristal de la ventanilla trasera, o a no menos de 850 mm. por encima del suelo, y han de ir siempre por encima de las luces normales de frenado.
6.7.- Acoplamientos y modificaciones que afectan a la tarjeta ITV.
Dentro de este apartado se van a incluir dos grupos de reformas de importancia:
- Unión entre vehículos tractores y sus remolques o semirremolques. Instalar, modificar o desinstalar dispositivos de acoplamiento en vehículos de categorías M, N y O. Pertenecen al grupo 10 y se detallan entre el CR 10.1 y 10.5 del MRV.
- Modificaciones de los datos que afecten a la tarjeta ITV. Cambiar alguno de los datos de la tarjeta ITV debido a que la transformación conlleve un cambio de clasificación según el Código de Circulación, variar las Masas Máximas Autorizadas, modificar cualquiera de las Masas Técnicas Máximas Admisibles y preparar el vehículo para uso exclusivo de pruebas deportivas. Pertenecen al grupo 11 y se analizan entre el CR 11.0 y 11.5 del MRV.
Las reformas que se consideran diferentes son aquellas que implican un cambio de clasificación por modificar la utilidad del vehículo. Por ejemplo, los vehículos blindados, de autoescuela, ambulancias,...
Con respecto a otras reformas, se pueden destacar las siguientes:
- Instalación de dispositivo de acoplamiento (CR 10.1 y 10.2). Se trata de instalar una bola de remolque en un vehículo.
- Transformación de un camión a camión volquete (CR 8.60 y 11.1). Consiste en montar una caja volquete accionada por un pistón hidráulico sobre la parte trasera de un vehículo, de forma que se pueda accionar mediante mandos directamente desde el interior de la cabina o desde el exterior. Para la homologación será necesario disponer de la documentación de la caja y del pistón hidráulico.
- Transformación a caja abierta y caja cerrada (CR 8.60 y 11.1). Es muy frecuente encontrarlo en el sector del transporte y distribución de material. Consiste en montar una caja abierta o cerrada en la parte posterior del vehículo.
- Transformación a vehículo de autoescuela (CR 2.8, 3.2, 7.3 y 11.1). Consiste básicamente en la instalación de un doble mando de control en el lado del copiloto. Dicho mando está compuesto por acelerador, freno, embrague y dispositivo óptico acústico de uso exclusivo para autoescuelas. Para su homologación será necesario el certificado de fabricación e instalación del doble mando.
- Transformación a vehículo taller (CR 11.1). Se trata de montar un taller en la parte de la caja cerrada de un camión. Aparte del mobiliario, herramientas y maquinaria que transporta, el vehículo taller suele disponer de una instalación de luz a 230 V para realizar trabajos en el interior del taller.
- Transformación a vehículo isotermo y/o frigorífico (CR 8.30, 8.31 11.1). Se deben tener en cuenta la normativa actual sobre masas y dimensiones. No se podrán autorizar modificaciones que sobrepasen las masas y dimensiones máximas permitidas en la normativa vigente. Se exige un certificado para transportar productos perecederos y la fijación en el vehículo de la placa de conformidad.
- Transformación a vehículo cisterna (CR 8.60 y 11.1). Se trata de un vehículo al cual se le fija una cisterna que puede ser desmontable o fija. Deberá llevar las placas distintivos que indiquen el producto que contiene la cisterna en su interior y los riesgos y peligros del mismo. En el caso que se trate de mercancías peligrosas se deberá adaptar a la normativa específica para este tipo de transportes.
La transformación que consiste en la instalación de un doble mando de control en el lado del copiloto se conoce como:
6.7.1 Vehículos preparados para rally.
Los vehículos de rally pertenecen al grupo 11de modificaciones de los datos que afectan a la tarjeta de ITV y se analizan en el CR 11.5.
Se puede considerar como reforma de importancia especial a aquella que afecta a los vehículos que hayan sido preparados para competiciones, especialmente los de rally, debido a que éstos, durante los tramos no cronometrados, deben realizar desplazamientos por vías públicas.
Cuando el vehículo sólo va a realizar la competición en circuitos cerrados, como por ejemplo, vehículos de Fórmula 1, la legalización de la documentación se realiza por otros procedimientos específicos.
Cuando la reforma de importancia es para preparar un vehículo para rally, se debe presentar a la Inspección Técnica de Vehículos para rectificar la tarjeta ITV y se anotará la siguiente indicación: "este vehículo está preparado para rally y no cumple totalmente con las exigencias del Código de Circulación. Sólo puede ser conducido por un conductor provisto del correspondiente permiso de competición".
Para poder circular por las vías públicas fuera de la competición se deberá tener las placas de matrícula reglamentarias y tener instalados silenciadores en el tubo de escape. Además sólo podrá utilizar las luces reglamentarias previstas en el Reglamento de Vehículos y en el de Circulación.
Si pensamos que realizar una reforma de importancia es complicado para un vehículo particular, entonces ¿cómo será de difícil conseguir la homologación de un vehículo de competición? Entra al enlace y sorpréndete con las dificultades con las que se encuentran.
7.- Documentación (I).
Se han acabado las reformas sobre el vehículo y todos están muy contentos con el trabajo realizado. El vehículo ha quedado impresionante pero ha surgido un imprevisto que hace que los ánimos decaigan un poco. El vehículo no puede circular por las vías públicas si antes no se ha tramitado correctamente toda la documentación con las reformas ejecutadas.
Entonces Lorenzo recuerda que su profesor del instituto les comentó que si alguna vez alguien quería legalizar alguna reforma, él podría ayudar en conseguir los papeles para su homologación y se pone en contacto con él.
Todo vehículo posee unas especificaciones y características técnicas de uso y servicio verificadas según su homologación de tipo en vigor, que sirve para garantizar la seguridad vial, activa y pasiva, de cada modelo de automóvil. Pero, ¿qué documentación se genera para tramitar una reforma?
Con el fin de agilizar la tramitación de las solicitudes de autorización de reformas de importancia, parece conveniente establecer un procedimiento de tramitación y la exigencia de unos requisitos diferentes según la importancia de la reforma que se trate. La incidencia que presentan para la seguridad vial ciertas reformas que vienen efectuándose en los vehículos aconsejan su control. Algunas de las normas básicas sobre las reformas de importancia a tener en cuenta son las siguientes:
- El titular del vehículo que haya efectuado una reforma de importancia está obligado a regularizar la misma.
- Se debe presentar en una estación de ITV con la documentación que se determine para cada caso.
- Se pueden tramitar antes o después de la matriculación. Los trámites los puede realizar el particular, los fabricantes o los talleres.
- Los trabajos se pueden realizar por el fabricante del vehículo o por talleres legalmente autorizados que dispongan de medios adecuados.
- Las reformas generalizadas exigen la autorización por parte del Ministerio de Industria por lo que todo fabricante, concesionario o taller que efectúe este tipo de reformas, deberá solicitarlo previamente.
7.1.- Documentación (II).
Las operaciones de mantenimiento, reparación y modificación en un vehículo se deberán efectuar, de acuerdo a las prescripciones recomendadas por el fabricante del vehículo, y publicadas según el manual del fabricante para cada modelo. En el caso de que no disponer del manual, se realizará según las especificaciones del fabricante del sistema o elemento a instalar.
En cuanto a las posibles modificaciones a realizar en un automóvil y que no estén contempladas o admitidas por el fabricante existe una legislación nacional para asegurar y garantizar la seguridad integral de origen de los vehículos. En España dicha normativa, como ya has aprendido, es el RD 866/2010. Cualquier modificación o reforma que afecte al uso, estructura o datos de la ficha técnica del vehículo, debe ser tramitada a través de la correspondiente Delegación de Industria y verificada por medio de una estación de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Es necesario recordar que modificaciones tan simples como el cambio del volante de origen por uno de estilo deportivo, la instalación de un techo solar o un gancho de remolque se consideran legalmente como reformas de importancia.
Los documentos que se puede generar durante una reforma de importancia son los siguientes:
- Proyecto técnico.
- Certificado final de obra.
- Informe de conformidad.
- Certificado del taller.
- Documentación adicional.
Las reformas de importancia:
En más de una ocasión habrás podido escuchar de alguna persona que ha viajado a Alemania a traerse un flamante Mercedes, por ejemplo. Pero,¿es legal? ¿Qué trámites tengo que realizar para estas situaciones?
7.2.- Proyecto técnico.
El contenido mínimo del proyecto técnico deberá incluir: memoria, cálculos justificativos, pliego de condiciones, presupuesto y planos.
- Memoria. Es el desarrollo teórico del proyecto. Contendrá los siguientes apartados: objeto, antecedentes, características del vehículo después de la reforma y descripción de la reforma, de forma que debe reflejar de forma clara los desmontajes realizados, variaciones y sustituciones, materiales empleados y montajes realizados.
- Cálculos justificativos. Se deberá justificar el reparto de masas por eje con la reforma efectuada. Como norma general deberá justificarse el cálculo del sistema de fijación de cualquier elemento añadido y en el caso de de sustituciones sólo cuando no se utilicen los sistemas de fijación originales. Análisis de esfuerzos sobre el bastidor (cortantes, flectores, etc.) y resistencia del mismo, en el caso de elementos fijados a él.
Cuando el elemento sustituido, añadido o modificado tenga una función específica sobre la seguridad activa o pasiva o el comportamiento sobre la protección al medio ambiente, deberá analizarse de manera integral el resultado de la misma en el vehículo reformado, y deberá comprobarse que se mantienen las condiciones exigibles de dicha función con el nuevo elemento.
- Pliego de condiciones. En este apartado se justifica la calidad de los materiales empleados, las normas de ejecución, los certificados y autorizaciones y el taller ejecutor.
- Presupuesto. Es el coste total de la reforma. Incluye los materiales y la mano de obra. No incluye los costes de la documentación necesaria para la legalización de la reforma (proyecto, certificados,...).
- Planos. Se incluirá como mínimo los siguientes planos:
- Esquema del vehículo y sus características fundamentales antes y después de la reforma.
- Detalles constructivos.
- Cualquier equipo o sistema modificado, sustituidos o incorporado, debe ser identificado de igual manera en el informe de conformidad, en el proyecto técnico y en el certificado del taller.
Como has comprendido, un proyecto técnico requiere de la participación de personal cualificado que sea capaz de realizar todos los apartados que se exigen por normativa. ¿Es realmente para tanto?
7.3.- Certificado final de obra.
El certificado final de obra es el documento que indica que la reforma se ha efectuado según lo establecido en el Proyecto Técnico. Por lo tanto, siempre que sea necesario un proyecto para una reforma de importancia, es obligatorio que exista un certificado final de obra.
En dicho certificado se debe hacer constar de forma expresa el taller y la fecha en el que se realizó la reforma, indicando que el vehículo se encuentra apto para circular por las vías públicas.
Debe venir firmada por un técnico competente, que puede ser la misma persona que firmó el proyecto o no, y visada por el colegio oficial correspondiente.
Siempre debe haber una dirección de obra por vehículo reformado.
Después del proyecto es obligatorio realizar el certificado final de la reforma de importancia. Entra en el siguiente enlace en el apartado CHV-Vehículos y abre el certificado final de obra para que comprendas su importancia.
7.4.- Informe de conformidad.
El informe de conformidad puede ser emitido por el fabricante o por su representante debidamente acreditado o del laboratorio oficial acreditado en España. Se hará constar que el vehículo reformado cumple con los requisitos de los actos reglamentarios que son de aplicación conforme a las reformas tipificadas y al manual de reformas de vehículos. Este informe es obligatorio para poder legalizar casi todas las reformas de importancia.
En el caso de que la reforma implique un cambio de categoría del vehículo, el informe citado deberá incluir la relación de la documentación de homologación de los actos reglamentarios cuyo cumplimiento es exigible para la nueva categoría. En el caso de que las reformas deriven de otro vehículo homologado, será suficiente que el solicitante de la reforma obtenga del fabricante una certificación que lo acredite. En el caso de que el informe de conformidad sea emitido por el fabricante del vehículo, esta certificación podrá incluirse en dicho informe.
El modelo de informe de conformidad se encuentra en el anexo II del Real Decreto 866/2010 y es el siguiente:
7.5.- Certificado del taller.
El certificado de taller es el documento que acredita la actuación de un determinado taller sobre un vehículo. Se debe especificar la identificación de los equipos o sistemas modificados, garantizando que se cumple lo previsto en el Reglamento General de vehículos y en Real Decreto 1457/1986 por el que se regula la actividad industrial en talleres de vehículos automóviles, de equipos y sus componentes.
Los datos que deben aparecer en el certificado de taller son los siguientes:
- Nombre y ubicación del taller que realiza la reforma.
- Número de registro industrial.
- Vehículo sobre el que se realiza la reforma, indicando el número de bastidor.
En el apartado de observaciones se pondrá la codificación y el nombre de la reforma de importancia que se ha realizado en el vehículo. Además se indicará si las piezas son usadas o reconstruidas.
El certificado de taller es obligatorio para proceder a la homologación de cualquier reforma que se haya efectuado sobre el vehículo. El modelo oficial de certificado de taller está disponible en el Anexo III del Real Decreto 866/2010 y es el siguiente:
7.6.- Documentación adicional.
En este apartado vamos a ver la documentación necesaria para completar la información sobre la reforma realizada en el vehículo, además de la ya vista en apartados anteriores.
Para cada reforma se indica si es necesario el aporte de documentación adicional o no. Alguna de las documentaciones exigidas por la normativa son:
- Para la sustitución del bastidor donde está grabado el número de bastidor:
- Certificación de fabricación o de procedencia del bastidor o estructura autoportante, la cual podrá incluirse en el informe de conformidad. Se indicará expresamente que la pieza o conjunto suministrada es idéntica a la sustituida, identificándose ambas.
- Acta de destrucción de la pieza sustituida. Este documento, contendrá al menos los siguientes datos:
- Nombre del responsable del taller que destruye la pieza.
- Razón social del taller y número del Registro integrado.
- Marca, matrícula y número de identificación original del vehículo.
- Nombre y organización a la que pertenece el técnico que levanta el acta de destrucción.
- Fecha.
- Para la modificación de la dirección:
- Certificado de compatibilidad entre el sistema de ayuda instalado y el funcionamiento de airbag, del fabricante del dispositivo.
- Para la modificación del número de plazas de asiento:
- Copia del esquema incluido en el expediente de homologación conforme autorizado por la autoridad competente que garantice la seguridad en la nueva distribución de los asientos.
- En el caso de instalaciones adicionales en vehículos con cabina integrada en carrocería:
- Certificado del cumplimiento con la reglamentación exigida en cada tipo de instalación.
La documentación que consiste en verificar que la reforma se ha realizado según el proyecto técnico realizado se denomina:
8.- Organismos y entidades que intervienen en función de la reforma planteada.
Por suerte, su profesor del centro donde estudian el ciclo superior de automoción es ingeniero técnico y ha podido tramitarles en un tiempo récord toda la documentación que necesitan.
Además, el profesor les informa de todos los organismos que han participado para la recopilación de toda la documentación necesaria y ha tenido el detalle, al tratarse de muy buenos alumnos, de hacer todo el trabajo de forma totalmente gratuita.
Todo proceso de reforma de importancia se inicia por parte del propietario del vehículo. Es el elemento de inicio de todo el proceso de tramitación. Si el propietario no tiene la necesidad de realizar la reforma, no existirá ningún organismo implicado. Ejemplos de reformas serían: modificar el sistema de frenado, bajar la suspensión, modificar parámetros del motor,...
Una vez surgida la necesidad de la reforma los organismos y entidades que intervienen en el proceso de tramitación son los siguientes:
- Colegios Oficiales. Son los órganos colegiados del colectivo al que representan. Por ejemplo, el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Málaga está compuesto por todos los Ingenieros Técnicos que estén colegiados en la provincia de Málaga. Pertenecer a un colegio competente en la materia es necesario para poder visar el proyecto de reforma de importancia y el certificado final de obra.
- Taller. El taller se deberá de encargar de realizar la reforma según lo marcado en el proyecto. Además deberá emitir un certificado indicando que los trabajos se han realizado según la normativa exigida.
- Laboratorio oficial acreditado. El laboratorio recibirá el proyecto y lo revisará, junto con el resto de documentación generada. Realizará los ensayos reglamentarios y si los resultados son positivos emitirá el certificado de conformidad. Para que un laboratorio pueda realizar este tipo de pruebas es necesario que esté acreditado.
- ITV. Procederá a la revisión de toda la documentación (proyecto, certificado final de obra, certificado del taller y certificado de conformidad). Después procederá a la inspección del vehículo según los puntos que sea necesario verificar y, en caso favorable, emitirá un informe.
- Dirección General de Tráfico. Por último, se presentará ante la DGT toda la documentación generada y se procederá a su tramitación para la emisión de la tarjeta técnica del vehículo.
Los ensayos reglamentarios se realizarán en:
9.- Planificación del proceso de reforma de importancia.
Ahora, con toda la documentación preparada, es necesario planificar los pasos a seguir para conseguir la homologación.
Gracias a que su profesor se lo ha detallado todo correctamente, María y sus amigos se disponen a sacar cita previa en la ITV a través de Internet, pero una sobrecarga en la red les impide realizar el trámite online, por lo que se deciden a llamar al teléfono de cita previa para conseguir la hora y el día en el cual se va a realizar la inspección al vehículo.
Las reformas de importancia podrán ser tramitadas por particulares o los fabricantes de vehículos o los talleres, bien sea antes o después de la matriculación.
Cuando se trate de una reforma que afecta a un conjunto de vehículos, el fabricante podrá solicitar el procedimiento de reforma de importancia generalizado. Si afectara a toda una homologación tipo de un modelo en concreto, el fabricante podría solicitar una nueva homologación para dicho modelo con las reformas incorporadas al vehículo.
Cuando la reforma se realiza de forma individual a un sólo vehículo, dicha tramitación podrá ser realizada por particulares o por talleres. En la actualidad, existe un buen número de empresas especializadas en homologación de reformas que se encargan de tramitar totalmente la documentación necesaria.
El procedimiento sería el siguiente:
- La empresa de homologación solicita al cliente la ficha técnica, permiso de circulación y fotos del coche antes y después de la reforma.
- Además, facilita al cliente una ficha de toma de datos sobre las dimensiones del vehículo antes y después de la reforma.
Con los documentos aportados, la empresa de homologación se encarga de:
- Elaborar el proyecto y el certificado final de obra (visado por el técnico competente).
- Solicitar el informe de conformidad (sellado por el laboratorio).
- Solicitar el certificado del taller (sellado por el taller).
- Aportar los documentos adicionales en el caso que sea necesario.
Con toda la documentación preparada, es cuando el cliente se debe dirigir a cualquier estación de ITV y se verificarán los puntos correspondientes en función de la reforma ejecutada. En el caso de emitir un informe favorable, se presentará toda la documentación generada en la DGT para poder tramitar la emisión de la nueva tarjeta de inspección del vehículo.
Visita el siguiente enlace y navega por la página web de una empresa dedicada a la homologación de reformas de importancia.
10.- Documentación técnica generada.
Por fin, Lorenzo y María se dirigen hasta la ITV con el objetivo de que se realice la inspección oportuna y deseando que sea positiva para poder seguir tramitando la documentación ante la Dirección General de Tráfico para obtener una nueva tarjeta técnica del vehículo con las anotaciones de las reformas realizadas.
¿Qué tengo que hacer con toda la documentación generada? ¿A dónde hay que ir ahora para continuar con los trámites? ¿Quién me tendrá que facilitar la nueva tarjeta de inspección de vehículos? ¿Se anotará la reforma en la tarjeta?
Como se ha visto con anterioridad, la tramitación de reformas de vehículos podrá requerir todos o alguno de los siguientes documentos:
- Informe de conformidad emitido por el servicio técnico de reformas designado o alternativamente por el fabricante del vehículo.
- Certificado del taller en el que se efectuó la reforma de la correcta realización de la misma.
- Proyecto técnico detallado de la reforma a efectuar que contenga los puntos mínimos indicados en el manual de reformas de importancia emitidos por el Ministerio de Industria.
- Certificación final de obra en que se indique que la misma se ha realizado según lo establecido en dicho proyecto, suscritos ambos por técnico titulado competente. En la certificación de obra se hará constar de forma expresa el taller y la fecha en la que se efectuó la misma.
- Documentación adicional.
El objetivo es conseguir tramitar ante la Dirección General de Tráfico la emisión de la tarjeta de la ITV con la anotación de la reforma de importancia realizada.
Para conseguir dicha reforma aún queda un paso intermedio, que es la inspección del vehículo en la ITV, la cual deberá emitir un informe positivo para poder continuar ante la DGT con la legalización de la reforma.
En España, las estaciones de inspecciones técnicas de vehículos (ITV) son concesiones administrativas y el precio de las revisiones pueden variar en función de la comunidad autónoma donde se realice.
Si un agente de la autoridad observa una reforma de importancia en el vehículo y nos pide la documentación de la tarjeta de inspección técnica, en dicha tarjeta deberá estar recogida la reforma realizada puesto que en caso contrario se emitirá una sanción económica y, si la reforma causara dudas en el agente para la seguridad del tráfico, se procederá a la inmovilización del vehículo. En la imagen podemos ver que una de las condiciones en la reforma de importancia de elevar la suspensión, es que la distancia mostrada en la imagen que acompaña el texto, tiene que ser menor que el radio de la rueda, lo cual es fácilmente comprobable por el agente de la autoridad.
10.1.- Inspecciones Técnicas de Vehículos.
La persona titular del vehículo al que se le haya efectuado una reforma, o persona por él autorizada, está obligada a presentar el vehículo a la inspección técnica en el plazo máximo de quince días, aportando la documentación según se determina en el manual de reformas de vehículos. Dicha documentación está detallada en cada uno de los códigos de reforma, por ejemplo, para el CR 1.3 es necesario presentar el informe de conformidad y el certificado del taller.
Para la inspección se utilizará el manual de procedimiento de inspección de las ITV.
El órgano de la Administración competente en materia de ITV efectuará la inspección del vehículo reformado con el objetivo de comprobar la correcta ejecución de la reforma, y si dicha reforma ha modificado las condiciones exigidas para circular por las vías públicas.
En este caso pueden darse dos circunstancias bien diferenciadas:
- Si el resultado de la inspección prevista fuera favorable, el órgano de la Administración competente diligenciará la tarjeta ITV o, en su caso, expedirá una nueva.
- Si el resultado de la inspección resultara desfavorable o negativo, se dará un plazo de tiempo para subsanarlo y una vez corregidas, se presentará de nuevo a inspección. Si durante la inspección se considera que la reforma ha sido realizada de forma defectuosa y el vehículo constituye un peligro para la seguridad vial, se procederá a retener la tarjeta de la ITV y se expedirá una certificación negativa. En dicho caso, el vehículo sólo está autorizado a circular desde la ITV hasta el taller para que se reparen las deficiencias detectadas.
En el manual de reformas se incluyen los puntos a verificar por la estación ITV y su correspondencia con los capítulos del Manual de Procedimientos de Inspección de las Estaciones ITV.
Será responsabilidad del titular presentar el vehículo a inspección en las condiciones que permitan el correcto tarado del mismo y, por tanto, será obligatorio que el vehículo se presente como mínimo con los depósitos de combustible al 90% de su capacidad, el resto de fluidos a su capacidad máxima y con el equipamiento completo.
El precio de la inspección en la ITV para trámite de reforma es un poco más elevado de lo que cuesta la inspección normal de revisión periódica y su duración suele ser de unos 30 minutos. Este precio depende de las Comunidades Autónomas, que son libres de poner las tasas que correspondan en la ITV.
10.2.- Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo (ITV).
La tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo es un documento que acredita la identidad del vehículo y que indica que está homologado para poder circular por las vías públicas. Además, en dicha tarjeta se anota toda la información técnica del vehículo, revisiones técnicas realizadas y las reformas autorizadas.
La tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo se podría decir que es la radiografía del coche.
La tarjeta se emite por parte del Ministerio de Industria y está regulada por el Real Decreto 750/2010, por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos. Este Real Decreto entró en vigor el 4 de Junio, y desde entonces se está emitiendo la nueva tarjeta de ITV.
Los datos y forma de la nueva tarjeta se detallan a continuación:
- Página 1. En la parte superior izquierda se muestra el campo destinado a consignar el número de matrícula. Se incluirá la etiqueta adhesiva con el número de matrícula asignado por la DGT. En el caso de vehículos matriculados manualmente en la jefatura, se troquelará el número de matrícula en la esquina superior derecha. En esta página se anotarán las reformas de importancia en el vehículo.
- Página 2. En la parte mitad superior se encuentra el número de identificación o número de bastidor, su clasificación, matrícula, número de certificado del fabricante y los datos técnicos del vehículo. En la parte mitad inferior se encuentra información relativa a la homologación del vehículo, las observaciones que se consideren oportunas incluir, así como la certificación por parte de la empresa fabricante del vehículo de que éste cumple con la normativa exigida.
En el manual de reformas se incluye la normalización de la anotación de la reforma en la tarjeta ITV. Se incluye la anotación tipo para cumplimentar las tarjetas ITV tras la legalización de la reforma. En general, cualquier variación de las características técnicas del vehículo, como resultado de la reforma (masas, dimensiones, tara, etc.) deberá indicarse en la tarjeta ITV.
Entra en el siguiente enlace de la empresa Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A, que actualmente tiene concedida la exclusividad de las Inspecciones Técnicas de Vehículos en Andalucía. Se especifica en diferentes apartados toda la documentación importante que es necesario conocer, incluyendo el manual de procedimiento de las estaciones de inspecciones técnicas de vehículos.
El plazo máximo desde que se realiza una reforma de importancia hasta realizar la inspección en la ITV es de:
11.- Cálculo del coste de una reforma de importancia o de la instalación y montaje de nuevos equipos.
Se han acabado todos los trámites de documentación y es hora de hacer un cálculo de cuanto dinero ha costado todo. Para ello, han ido acumulando las diferentes facturas con el material que han ido comprando.
Por suerte, la factura no es muy elevada porque el jefe de taller ha facilitado las herramientas, las instalaciones y ha aportado los nuevos elementos que se han instalado. Por otro lado, su profesor ha realizado el proyecto sin coste alguno y los certificados han sido un regalo del taller. De no haber tenido tanta ayuda, el coste para tunear el vehículo habría sido muy grande.
¿Qué coste supondrá realizar la reforma sobre el vehículo? ¿Cuánto dinero me costará la documentación que hay que tramitar? ¿Existen empresas especializadas para realizar todos estos trámites?
Para empezar, es necesario saber que el coste de una reforma depende del tipo de reforma que se pretenda llevar a cabo. Por ejemplo, no es lo mismo instalar una bola de remolque que cambiar la configuración de un vehículo para adaptarlo a un camión de caja abierta.
Con respecto a la documentación, el coste del proyecto, dirección final de obra, certificado del taller e informe de conformidad suele oscilar entre los 600 y 1500 euros, en función de la complejidad de la reforma que se tenga que homologar.
Para realizar todo el tema de la documentación se pueden seguir dos caminos:
- Tramitarlo todo de forma personalizada. Lo primero que se deberá hacer es ponernos en contacto con un ingeniero para realizar el proyecto, después con un taller que ejecute la reforma y por último con un laboratorio autorizado que realice el informe de conformidad de la reforma ejecutada.
- Tramitarlo a través de una empresa especializada en homologaciones. Suelen realizar el presupuesto de forma totalmente gratuita y sin compromiso a través de su página web. La empresa pedirá al principio sólo unos datos de contacto, fotos previas del vehículo, ficha técnica y cualquier dato que la empresa especializada considere necesario para realizar la evaluación inicial. Al paso de unos días, la empresa se pone en contacto con el cliente para proceder a elaborar el estudio técnico y realizar el presupuesto de la documentación. El procedimiento no suele durar más de dos semanas.
Las empresas especializadas en homologaciones:
¿Crees que es muy difícil pedir un presupuesto para homologar tu vehículo? Pues entra al siguiente enlace y pide presupuesto sin compromiso.
12.- Cálculo de balances energéticos del nuevo equipo.
Ha llegado el día del concurso y María y sus amigos han tenido que preparar un informe sobre los balances energéticos del vehículo, indicando qué mejoras se han producido entre el elemento que había antes y el nuevo.
Lorenzo hace de portavoz ante el jurado, y explica tan detalladamente las reformas realizadas que ganan el primer premio y la alegría es inmensa por todo el esfuerzo dedicado a tunear el vehículo. Con el premio conseguido, Lorenzo llama a María y le propone incluir en el motor algún sistema que permita ahorrar combustible y tener un motor más ecológico.
¿Qué se entiende por balance energético? ¿Será necesario tener en cuenta las masas máximas determinadas por los fabricantes? Si se modifican las llantas de un vehículo, ¿crees que también se modifica el consumo de combustible?
Se entiende por balance energético a la posibilidad de que un vehículo pueda admitir la instalación de un determinado equipo en una reforma de importancia, como por ejemplo, alumbrados especiales, cambio de motor, caja frigorífica,... Para ello se realizará un estudio del consumo del equipo instalado y se determinará si se puede realizar la reforma o no.
El cálculo de los balances energéticos tiene la finalidad de garantizar que un vehículo reformado cumple con los requisitos legales para su puesta en circulación y garantiza la seguridad estructural del vehículo, de sus ocupantes y de los demás usuarios de las vías.
Entre las condiciones que se pueden justificar mediante cálculo se encuentran las reacciones sobre los ejes del vehículo en los diferentes estados de carga, las propiedades mecánicas de los elementos estructurales que conforman el vehículo, las tensiones y los esfuerzos a que se ve sometido el bastidor del vehículo y el bastidor de alguno de los componentes del vehículo (por ejemplo, una caja basculante), etc. Asimismo se podrán realizar comprobaciones del cumplimiento por parte del vehículo reformado de alguna de las limitaciones establecidas en el Reglamento General de Vehículos.
Además, los fabricantes de vehículos deben de satisfacer una serie de medidas muy exigentes en cuanto a la reducción de emisiones de CO2 y desarrollo sostenible sin perjudicar los niveles de seguridad, confort, ergonomía,... Todas estas variables energéticas y medioambientales no deberían de afectar a las prestaciones y autonomías de los vehículos.
Es importante señalar que el sector automovilístico realiza desde los últimos años un enorme esfuerzo por disminuir los consumos y las emisiones medias de los vehículos. Por ese motivo, el consumo medio de los vehículos nuevos se ha visto reducido en un litro de combustible por cada 100 kilómetros. Además, esta reducción de consumo se ha producido cuando se han establecido mejoras en la seguridad y las emisiones de los vehículos, por lo que la instalación de nuevos sistemas aumentaba el peso del coche y por lo tanto, debería de aumentar su consumo.
A pesar de disponer de vehículos cada vez más eficientes y con menor consumo, la demanda de carburantes derivados del petróleo aumenta año tras año. Este aumento se debe al constante aumento del parque automovilístico y del uso generalizado del coche como medio de transporte.
En el mercado existe una serie de "tecnologías verdes o limpias" cuya misión es reducir los consumos y mejorar las emisiones contaminantes. Las tecnologías que hoy en día son ofertadas por los fabricantes de vehículos son las siguientes: vehículo eléctrico, vehículo híbrido, biocarburantes y GLP.
12.1.- Balances en masas y dimensiones.
Cuando la reforma del vehículo supone la modificación de las masas y dimensiones, los fabricantes de vehículos incluyen en las hojas de especificaciones del modelo la información relativa a los pesos del vehículo, con el porcentaje de peso que se puede modificar.
Con objeto de garantizar el control del vehículo en cualquier condición de funcionamiento, se deberá garantizar que el 25% de la carga total del vehículo gravite sobre el eje delantero.
Es importante y recomendable conocer el peso del vehículo en una báscula antes y después de realizar la reforma para no superar lo especificado por el fabricante. En numerosas reformas de importancia que pertenecen al grupo 2, 3, 4, 8, 9 y 11 del MRV es necesaria la comprobación de masas y dimensiones, que se detallan en el apartado de actos reglamentarios especificados para cada uno de los códigos de reforma.
Algunos ejemplos de las reformas de importancia que suponen modificar sustancialmente el vehículo original y que afectan a masas y dimensiones se detallan a continuación:
- Sustitución o modificación del carrozado del vehículo (CR 8.60). Esta reforma se aplica a situaciones tales como: hormigoneras, volquetes, caja recolectora de basura, portacontenedores,...
Debido a la importancia que tiene en toda reforma el acoplamiento de superestructuras u otros elementos, también se deben analizar diferentes sistemas de unión que deben tenerse en consideración cuando se ejecuta la reforma.
Los cálculos que deben realizarse para su homologación como reforma de importancia son los siguientes:
- Cálculo de distancias técnicas. Consiste en calcular el reparto de cargas en el vehículo con la finalidad de determinar la distancia sobre cada uno de los ejes.
- Reparto de cargas por ejes. La finalidad de los cálculos de la carga sobre el eje es conseguir la mejor ubicación posible de la carrocería y otros accesorios de modo que se pueda obtener la máxima carga útil sin superar los pesos máximos autorizados de un eje individual o del grupo de ejes, teniendo en cuenta las limitaciones legales y técnicas.
- Posicionamiento del centro resultante de cargas. Consiste en calcular la posición de las masas de los elementos que forman parte del vehículo tanto longitudinalmente como en altura con respecto al plano del suelo.
- Tipos de unión. La finalidad de los cálculos de la carga sobre el eje es conseguir la mejor ubicación posible de la carrocería y otros accesorios de modo que se pueda obtener la máxima carga útil sin superar los pesos máximos autorizados de un eje individual o del grupo de ejes, teniendo en cuenta las limitaciones legales y técnicas.
- Instalación o desinstalación de grúas (CR 8.61). Se aplica cuando se instala una grúa sobre un chasis. Este mecanismo es muy común en camiones de caja abierta. Para su homologación, además de los cálculos del apartado anterior, se deberá tener especial cuidado en analizar cualquier condición de funcionamiento debido a que la carga se puede concentrar en el eje posterior del vehículo y existiría riesgo de vuelco del vehículo.
- Incorporación o desinstalación de plataformas elevadoras, así como trampillas o rampas (CR 8.62). Para la homologación de este tipo de reformas, para el caso de las plataformas elevadoras se deberá realizar el balance energético en función de las posibilidades de traslación de la plataforma. En el caso de trampillas o rampas, la variable más importante será el peso máximo que se podrá poner en la misma para su subida o bajada. El momento de equilibrio del vehículo nunca podrá ser superado por el momento de vuelco.
12.2.- Balances de emisiones de gases.
Las reformas de importancia que suponen la modificación de la unidad motriz sobre la configuración original del vehículo deben cumplir con las normativas de emisión de gases y por lo tanto, deben ser respetuosas con el medioambiente.
Los balances energéticos de emisiones de gases sólo afectan al grupo 2 del MRV y se detallan a continuación algunos de los sistemas que mejoran considerablemente las emisiones.
- Modificación de las características o sustitución de los elementos del sistema de admisión del comburente (CR 2.1). En esta reforma se contemplarán las modificaciones del sistema de la admisión, tales como: instalación de un turbocompresor, refrigerador de aire de admisión,...
Con el objetivo de no superar las emisiones de gases permitidas, las reformas que supongan modificación del sistema de admisión se deberá realizar teniendo en cuenta los siguientes factores:
- La toma de aire estará siempre situada de forma que la temperatura de entrada sea la que hay en el ambiente. Una aspiración superior a 10ºC a la ambiente puede provocar pérdidas importantes en la potencia del motor.
- La entada de aire no deberá colocarse en zona de turbulencias originadas por la carrocería, puesto que parte del aire provocaría un efecto rebote que generaría un tapón a la entrada, de forma que la admisión sería defectuosa.
- Por último, la entrada se colocará de forma que se evite la aspiración de aire lleno de polvo. Una mayor entrada de suciedad supone una reducción de los períodos de mantenimiento, y por lo tanto un mayor coste.
- Modificación o sustitución de las características del sistema de escape: disposición, volumen total, silenciadores, catalizador, tramo de salida (CR 2.6). Si se quiere aumentar el rendimiento del motor, una de las posibilidades es instalar una doble salida de escape que esté fijado al chasis de forma resistente.
Con esta doble salida, se consigue un mejor vaciado de los gases quemados de los cilindros y por lo tanto, el llenado es mejor y la combustión mejora considerablemente. Esta reforma dependerá principalmente de los elementos que se encuentren en los bajos del vehículo y está demostrado que el rendimiento aumenta en torno a un 10% con la adopción del sistema de doble escape.
- Modificación de sistemas o de la programación de los mismos que puedan variar la potencia máxima (CR 2.9). La reprogramación de la centralita sólo podrá ser realizada por el fabricante/representante, persona o empresa expresamente autorizadas por el mismo. En el caso de variación de la velocidad máxima, deberá adecuarse el código de velocidad de los neumáticos a la nueva velocidad máxima.
12.3.- Balances energéticos de las fuentes de generación del vehículo.
Aunque el manual de reformas de importancia es muy exigente para determinadas acciones, como por ejemplo el tuneado de un vehículo, su aplicación permite realizar modificaciones sobre las fuentes de generación del motor con la finalidad de mejorar el rendimiento de los motores de combustión, cuyo rendimiento está alrededor del 20%.
Dichas reformas pertenecen al grupo 2 del MRV y se detallan en los siguientes códigos de reforma:
- Sustituir un motor de combustión por otro híbrido (CR 2.2, 2.3 y 7.1). Un coche híbrido es un vehículo de propulsión alternativa combinando un motor movido por energía eléctrica proveniente de baterías y un motor de combustión interna. Muchos sistemas híbridos permiten recoger y reutilizar la energía mecánica convirtiéndola en energía eléctrica gracias a los llamados frenos regenerativos. El rendimiento del motor es aproximadamente el 35%.
- Sustituir un motor de combustión por otro eléctrico (CR 2.2 y 2.3). Consiste en sustituir un motor de combustión por otro de accionamiento eléctrico cuya energía de accionamiento se consigue utilizando placas fotovoltaicas o mediante energía eléctrica suministrada al vehículo y que se almacena en baterías.
El rendimiento de transformación de la energía eléctrica en energía mecánica está entre el 60 y el 85 %.
- Modificar el sistema de alimentación de combustible derivado del petróleo a biocarburante (CR 2.2 y 2.7). Un biocarburante es una mezcla de hidrocarburos que se utiliza como combustible en los motores de combustión interna y que deriva de la biomasa. El más común es el biodiésel, que en los coches diésel modernos puede utilizarse sin realizar modificaciones en el sistema de alimentación, siempre que el fabricante lo haya recogido en el manual del vehículo. En el caso que el motor no esté preparado para el uso del biodiésel, será necesario instalar un doble depósito en el vehículo y modificar el sistema de alimentación. El rendimiento del motor está entorno al 15%, pero las emisiones de CO2 se reducen considerablemente.
- Montaje de un sistema de alimentación para GLP en el vehículo (CR 2.2 y 2.7). En la actualidad, se puede instalar una alimentación de GLP en cualquier vehículo de gasolina. En los vehículos diésel la instalación es más compleja debido a que el GLP necesita de chispa para su encendido. Para su instalación se necesita colocar un depósito en el maletero y el vehículo cambia de gasolina a gas licuado del petróleo de forma automática. El rendimiento del motor se sitúa alrededor del 20 %, pero su menor coste y emisiones hace que sea una buena alternativa a los combustibles fósiles.
Los vehículos que funcionan con biomasa se denominan:
El automóvil sigue evolucionando con la búsqueda de nuevas tecnologías que sean más eficientes con el medioambiente, reduciendo las emisiones y los consumos. Pero dichas tecnologías, también requieren de nuevos metales para ser eficaces. Entra al siguiente enlace y descubrirás que detrás de la evolución del automóvil se encuentra el sector minero.
La importancia de la minería en la automoción.
Para finalizar, ¿recuerdas los conceptos relacionados con las denominadas tecnologías verdes? Pon a prueba tu habilidad en la siguiente sopa de letras.
Anexo.- Licencias de recursos.
| Recurso (1) | Datos del recurso (1) | Recurso (2) | Datos del recurso (2) |
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Autoría: Campdarby. Licencia: CC BY 2.0. Procedencia: http://www.flickr.com/photos/campdarby/5880763328/ |
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Autoría: Gonmi. Licencia: CC BY 2.0. Procedencia: http://www.flickr.com/photos/gonmi/6198105494/ |
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Autoría: jns001. Licencia: CC BY 2.0. Procedencia: http://www.flickr.com/photos/jns001/2958968512/ |
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Autoría: Robert Scarth. Licencia: CC BY-SA 2.0. Procedencia: http://www.flickr.com/photos/robert_scarth/62897315/ |
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Autoría: Tuningpedia. Licencia: CC BY 2.5. Procedencia: http://www.tuningpedia.org/Parachoques#cuerpotoc6 |
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Autoría: Tuningpedia. Licencia: CC BY 2.5. Procedencia: http://www.tuningpedia.org/Turbo |
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Autoría: jns001. Licencia: CC BY 2.0. Procedencia: http://www.flickr.com/photos/jns001/2958985578/ |
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Autoría: Tuningarea. Licencia: CC BY-NC-3.0. Procedencia: http://www.tuningarea.com/eventos-tuning/volkswagen-golf-gti-performance/ |
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Autoría: Tuningpedia. Licencia: CC BY-SA 2.5. Procedencia: http://www.tuningpedia.org/Separadores_de_ruedas |
Autoría: AGERMÓVIL. Licencia: Copyright (cita). Procedencia: http://www.agermovil.com/tec_guardab.asp |
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Autoría: Tunigpedia. Licencia: CC BY 2.5. Procedencia: http://www.tuningpedia.org/Amortiguadores |
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Autoría: fotosderianxo. Licencia: CC BY-SA-2.0. Procedencia: http://www.flickr.com/photos/fotosderianxo/5205158044/ |
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Autoría: jns001. Licencia: CC BY-2.0. Procedencia: http://www.flickr.com/photos/jns001/3441705733/ |
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Autoría: Tuningarea. Licencia: CC BY-NC-3.0. Procedencia: http://www.tuningarea.com/frenos/kit-de-frenos-tarox-para-bmw-m3/ |
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Autoría: Tuningarea. Licencia: CC BY-NC 3.0. Procedencia: http://www.tuningarea.com/asientos/homologacion-de-asientos-deportivo-en-tuning-area-como-funciona/ |
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Autoría: Randroide (Wikimedia). Licencia: CC BY-SA 3.0. Procedencia: http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Harness.jpg |
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Autoría: Tuningarea. Licencia: CC BY-NC-3.0. Procedencia: http://www.tuningarea.com/asientos/homologacion-de-asientos-deportivo-en-tuning-area-como-funciona/ |
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Autoría: jns001. Licencia: CC BY-2.0. Procedencia: http://www.flickr.com/photos/jns001/3442508576/ |
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Autoría: Tuningpedia. Licencia: CC BY 2.5. Procedencia: http://www.tuningpedia.org/Spoiler |
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Autoría: Tuningpedia. Licencia: CC BY 2.5. Procedencia: http://www.tuningpedia.org/Lunas |
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Autoría: Sfoskett (Wikimedia). Licencia: CC BY-SA 3.0. Procedencia: http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:1955_Mercedes-Benz_300SL_Gullwing_Coupe_34.jpg |
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Autoría: Brett Weinstein (Wikimedia). Licencia: CC BY-SA 2.5. Procedencia: http://commons.wikimedia.org/wiki/File:SC06_Lamborghini_Murci%C3%A9lago.jpg |
Autoría: Tuningpedia. Licencia: CC BY-SA 2.5. Procedencia: http://www.tuningpedia.org/Faros_delanteros_y_traseros |
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Autoría: filedump. Licencia: CC BY-SA 2.0. Procedencia: http://www.flickr.com/photos/filedump/4576345782/ |
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Autoría: Desconocida. Licencia: CC BY-NC-3.0. Procedencia: http://www.tuningarea.com/suspensiones/muelles-y-amortiguadores-tuning/ |
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Autoría: jns001. Licencia: CC BY 2.0. Procedencia: http://www.flickr.com/photos/jns001/3441720065/ |
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Autoría: jns001. Licencia: CC BY 2.0. Procedencia: http://www.flickr.com/photos/jns001/2958964406/ |
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Autoría: Boletín Oficial del Estado. Licencia: Copyright (cita). Procedencia: Real Decreto 866/2010. |
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Autoría: Boletín Oficial del Estado. Licencia: Copyright (cita). Procedencia: Real Decreto 866/2010. |
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Autoría: Tuningpedia. Licencia: CC BY-SA 2.5. Procedencia: http://www.tuningpedia.org/Salpicadero |
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Autoría: AGERMÓVIL. Licencia: Copyright (cita). Procedencia: http://www.agermovil.com/tec_guardab.asp |
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Autoría: Benedicto 16 (Wikimedia). Licencia: Dominio público. Procedencia: http://commons.wikimedia.org/wiki/File:Spain_traffic_signal_s102.svg |
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Autoría: Arkangel. Licencia: CC BY-SA 2.0. Procedencia: http://www.flickr.com/photos/arkangel/370714956/ |
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Autoría: Visentico Sento. Licencia: CC BY-SA 2.0. Procedencia: http://www.flickr.com/photos/visentico/474338506/ |
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Autoría: Suradnik13 (Wikipedia). Licencia: CC BY-SA 3.0. Procedencia: http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Vojna_cisterna_za_kerozin_Lu%C4%8Dko.jpg |
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Autoría: AlessandroOdo (Wikipedia). Licencia: CC0 1.0 Universal. Procedencia: http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Cami%C3%B3n_cemento_ale.jpg |
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Autoría: Tuningarea. Licencia: CC BY-NC-3.0. Procedencia: http://www.tuningarea.com/accesorios/kits-de-admision-directa-kn/ |
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Autoría: Tunigarea. Licencia: CC BY-NC-3.0. Procedencia: http://www.tuningarea.com/escapes/nuevo-kit-de-escape-supersprint-para-bmw-e92/ |
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Autoría: ecomotriz.com. Licencia: CC BY-SA 2.0. Procedencia: http://www.flickr.com/photos/ecomotriz/5676166400/ |
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Autoría: Hatsukari715 (Wikimedia). Licencia: Dominio público. Procedencia: http://commons.wikimedia.org/wiki/File:Toyota_1NZ-FXE_Engine_01.JPG |
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Autoría: ecomotriz.com. Licencia: CC BY-SA 2.0. Procedencia: http://www.flickr.com/photos/ecomotriz/5675610717/ |
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Autoría: Richard Croft . Licencia: CC BY-SA 2.0. Procedencia: http://commons.wikimedia.org/wiki/File:Oil_Seed_Rape_-_geograph.org.uk_-_164264.jpg |





















































