TRANSPORTE POR AUTOTAXI
A la actividad de transporte por autotaxis (epígrafe IAE: 721.2), le resulta de aplicación los siguientes índices correctores especiales, según la población del municipio donde se desarrolla la actividad:
Población del municipio Índice
Hasta 2.000 habitantes 0,75
De 2.001 hasta 10.000 habitantes 0,80
De 10.001 hasta 50.000 habitantes 0,85
De 50.001 hasta 100.000 habitantes 0,90
Más de 100.000 habitantes 1,00
Cuando por ejercerse la actividad en varios municipios, exista la posibilidad de aplicar más de uno de los índices anteriores, se aplicará como único índice el correspondiente al municipio de mayor población.
A la actividad de transporte por autotaxis en ningún caso le resultará aplicable el índice corrector para empresas de reducida dimensión ni el índice corrector de exceso.