Los contribuyentes con residencia habitual en la Comunidad Autónoma de La Rioja podrán deducirse:
1º El 2 % de las cantidades satisfechas en el ejercicio en la rehabilitación de aquella vivienda que, radicando en la Comunidad Autónoma de La Rioja, constituya o vaya a constituir su residencia habitual, siempre que se cumplan los requisitos para tener derecho a la deducción estatal por inversión en vivienda habitual.
BASE DE LA DEDUCCIÓN:
La base máxima de esta deducción será de 9.040 euros anuales.
JÓVENES MENORES DE 36 AÑOS:
Para los jóvenes que no hayan cumplido los 36 años en la fecha de devengo del impuesto los porcentajes serán los siguientes:
1. Con carácter general: el 5%.
2. El 7% cuando la base liquidable general menos el mínimo personal y familiar no exceda de 18.030 euros en tributación individual o de 30.050 euros en tributación conjunta, siempre que la base liquidable del ahorro menos el exceso del mínimo personal y familiar, no supere los 1.800 euros.
Cumplimentación
En la ventana se reflejarán las cantidades satisfechas por el titular de la declaración que den derecho a la deducción, teniendo en cuenta las limitaciones indicadas en apartado "base de la deducción".