CUMPLIMENTACIÓN IRPF. ANEXO B1- B2- B3- B4- B5. DEDUCCIONES AUTONÓMICAS > REGIÓN DE MURCIA

POR DONATIVOS PARA LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO DE LA REGIÓN DE MURCIA (art. 1.dos D.Leg. C.A. 1/2010)

 

El 30 por 100 de las donaciones dinerarias a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como a las entidades institucionales dependientes de la misma y a fundaciones que tengan como fines primordiales el desarrollo de actuaciones de protección del Patrimonio Histórico de la Región de Murcia y que tengan administrativamente reconocida tal condición.

 

El reconocimiento de esta finalidad deberá ser declarado con carácter previo mediante resolución expresa de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, de acuerdo con el procedimiento que se establezca reglamentariamente.

 

Esta deducción es incompatible con la deducción por donativos a esas mismas fundaciones, regulada en la normativa estatal del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de manera que si el contribuyente aplica la deducción general por donativos a dichas fundaciones, no podrá aplicarse la deducción autonómica por ese mismo importe.

 

La base máxima de esta deducción es el resultado de restar al 10 por 100 de la base liquidable  la base de las deducciones estatales por donativos.

  

Este límite es aplicado y controlado por el programa.

 

Cumplimentación

 

En la ventana de captura de datos se indicarán las cantidades donadas por el titular de la declaración.