CUMPLIMENTACIÓN IRPF. ANEXO B1- B2- B3- B4- B5. DEDUCCIONES AUTONÓMICAS > CANTABRIA

POR CUIDADO DE FAMILIARES (Art. 2.2 D.Leg. C.A 62/2008)

 

El contribuyente podrá deducir 100 euros por cada descendiente menor de tres años, por cada ascendiente mayor de setenta, y por cada ascendiente o descendiente con discapacidad física, psíquica o sensorial con un grado igual o superior al 65 por cien de acuerdo con el baremo a que se refiere el artículo 148 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

 

Requisitos:

 

•    Que el contribuyente esté obligado a declarar.

•    Que el descendiente o ascendiente conviva más de ciento ochenta y tres días del año natural con el contribuyente obligado a declarar. Se exceptúa del cumplimiento de este requisito a los menores de tres años.

•    Que el descendiente o ascendiente no tenga rentas brutas anuales superiores a 6.000 euros.

•    Se tendrá derecho a la deducción aunque el parentesco lo sea por afinidad.

 

Cumplimentación

 

En la casilla que corresponda se reflejará el número de descendientes menores de 3 años y/o de ascendientes mayores de 70 años que den derecho a aplicar la deducción. Adicionalmente, se reflejará el número de descendientes o ascendientes discapacitados en grado igual o superior al 65 por 100 que den derecho a la deducción.

 

En caso de matrimonio si ambos cónyuges tiene derecho a la deducción respecto a los mismos descendientes o ascendientes, su número se reflejará en la casilla "Comunes". En otro caso, el número de descendientes/ascendientes que dan derecho a la deducción se reflejarán en la casilla  "Del titular"

La deducción sólo puede ser aplicada por los contribuyentes que estén obligados a declarar, a estos efectos si se encuentra en alguna de las situaciones que se indican, deberá marcar una "x" en la casilla establecida al efecto.