CUMPLIMENTACIÓN IRPF. ANEXO B1- B2- B3- B4- B5. DEDUCCIONES AUTONÓMICAS > ILLES BALEARS

POR CONTRIBUYENTES DE EDAD IGUAL O SUPERIOR A 65 AÑOS: 50 euros cada uno (Art. 5 Decreto Legislativo 1/2014)

 

Cada contribuyente residente en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que en el momento del devengo del impuesto tenga una edad igual o superior a 65 años, tendrá derecho a una deducción de 50 euros.

 

Requisitos:  La suma de la base imponible general y la  base imponible del ahorro, menos el mínimo del contribuyente y el mínimo por descendientes, no debe superar 12.500,00 euros, en caso de tributación individual, y  25.000,00 euros, en caso de tributación conjunta.

Estos límites son controlados por el programa, que además calcula y aplica esta deducción a partir de la información facilitada en la pantalla inicial de "Datos personales y familiares".