CUMPLIMENTACIÓN IRPF. ANEXO B1- B2- B3- B4- B5. DEDUCCIONES AUTONÓMICAS > CANARIAS

POR CONTRIBUYENTES CON DISCAPACIDAD Y MAYORES DE 65 AÑOS (art. 11  D. Leg. 1/2009, de 21 de abril)

 

Por circunstancias personales podrán aplicarse las siguientes deducciones compatibles entre sí:

 

•    Por cada contribuyente discapacitado con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100: 300 euros.

•    Por cada contribuyente mayor de 65 años: 120 euros.

La determinación de las circunstancias personales y familiares que deban tenerse en cuenta para la aplicación de esta deducción se realizará atendiendo a la situación existente en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre de 2014).

 

Solo tendrán derecho a aplicar esta deducción los contribuyentes que no hayan obtenido rentas en el ejercicio en que se origina el derecho a la deducción por importe superior a 39.000 euros en su base imponible general (casilla 366 de la página 11 de su declaración) y, en el supuesto de tributación conjunta, cuando la unidad familiar no haya obtenido rentas por importe superior a 52.000 euros en su base imponible general..

 

 

Nota: La deducción será calculada por el programa en base a los datos reflejados en la ventana de datos personales y familiares.