CUMPLIMENTACIÓN IRPF. ANEXO B1- B2- B3- B4- B5. DEDUCCIONES AUTONÓMICAS > MADRID

PARA EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO DE JÓVENES MENORES DE TREINTA Y CINCO AÑOS (Art.16 Decreto Leg. C.A 1/2010)

 

Los contribuyentes menores de treinta y cinco años que causen alta por primera vez en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores podrán aplicar una deducción de 1.000 euros.

REQUISITOS:

−    La actividad económica  debe desarrollarse principalmente en el territorio de la Comunidad de Madrid.

−    El contribuyente debe mantenerse en el citado Censo durante al menos un año desde el alta.

IMPORTANTE:

La deducción se aplicará exclusivamente a aquellos contribuyentes que causen alta, como persona física o como partícipe en una entidad en régimen de atribución de rentas por primera vez en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

CUMPLIMENTACIÓN: Se abrirá una ventana en la que deberá indicar si tiene derecho a la deducción, marcando con una “X”.