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OTRAS GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES QUE NO DERIVAN DE LA TRANSMISIÓN DE ELEMENTOS PATRIMONIALES

 

Con carácter general, se incluirán en este apartado, las ganancias (casilla 266) y las pérdidas  (casilla 267)  que no deriven de la transmisión de elementos patrimoniales. 

 

Las ganancias derivadas de la obtención en 2014 de subvenciones o ayudas destinadas a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual o a la reparación de defectos estructurales en la misma, deberán incluirse en la casilla 263.

 

Se incluirán en la casilla 266 los intereses de demora satisfechos por la Administración, las subvenciones y ayudas para rehabilitación de viviendas distintas de la vivienda habitual. Y se incluirá por ejemplo en la casilla 267, la devolución de una subvención recibida para la adquisición de una vivienda de protección oficial, como consecuencia de haber incumplido el requisito de no vender la vivienda en un determinado plazo.

Las cantidades percibidas en concepto de Renta Básica de Emancipación se incluirán en la casilla 265.

 

Asimismo, se incluirán en la casilla 264 las ganancias obtenidas por los vecinos como consecuencia de aprovechamientos forestales en montes públicos.