INCREMENTO DE LA REDUCCIÓN PARA CONTRIBUYENTES DESEMPLEADOS (art. 12 Rgl)

 

Para la aplicación del incremento del 100% de la reducción por rendimientos netos de trabajo se deberán cumplir los siguientes requisitos:

 

•    El contribuyente ha de estar desempleado e inscrito en la oficina de empleo

•    El puesto de trabajo que se acepta debe estar situado en un municipio distinto al de la residencia habitual del contribuyente.

•    El contribuyente debe trasladar su residencia habitual a un nuevo municipio.