INCORPORACIÓN DE DATOS FISCALES

INCORPORACIÓN DE DATOS FISCALES

 

 Una vez dada de alta una nueva declaración, existe la posibilidad de incorporar a la declaración los datos fiscales y personales que la AEAT posee del contribuyente.

Si la declaración corresponde a una unidad familiar se debe seleccionar para qué contribuyente se desea obtener el fichero de datos fiscales, debiéndose tratar siempre en primer lugar el fichero del primer declarante.

 

 A continuación el programa, previa cumplimentación del primer apellido, enlaza con el servicio de solicitud de datos fiscales disponible en la página web de la AEAT. Para la descarga del fichero de datos fiscales es necesario una conexión a Internet y disponer:

 

-   De D.N.I. electrónico o un certificado de firma electrónica admitido por la AEAT (por ejemplo, el expedido por la FNMT)

 

-   De clave de acceso mediante registro previo (Cl@ve PIN)

 

-   Del número de referencia de alguno de los productos fiscales expedidos por la AEAT para el ejercicio 2014 (por ejemplo, el borrador o los datos fiscales).

 

Este procedimiento concluye con la descarga de un fichero .DF que contiene la información fiscal disponible en ese momento. Debe tenerse en cuenta que dicha información se actualiza regularmente por lo que podría variar a lo largo de la campaña.

 

Posteriormente se debe marcar la opción de incorporación de datos fiscales al programa de ayuda y pulsar el botón "Paso 2: Continuar" y abrir el fichero que se acaba de descargar desde internet o un fichero descargado previamente cuya ubicación, por defecto, es C:\AEAT\RENT2014\, y cuyo nombre está formado por los 8 primeros caracteres del NIF y la extensión DF. Una vez abierto el fichero se accede al asistente de incorporación de datos fiscales, donde se muestran en sucesivas ventanas los datos fiscales agrupados por conceptos. Como norma general, todos los datos fiscales deben incorporarse a la declaración, pero determinadas características permiten agruparlos en tres tipos de datos que requieren distintos tratamientos:

 

Datos directamente trasladables. Son aquellos que no requieren ninguna información complementaria para poder ser incorporados a la declaración

 

Datos que necesitan acompañarse de algún tipo de información complementaria sin la cual no pueden incorporarse automáticamente a la declaración. La casilla "TRASLADAR"  correspondiente no está habilitada como opción por defecto. Al marcar la casilla "TRASLADAR", aparece una ventana para incluir datos adicionales que se debe cumplimentar para poder trasladar ese concepto a la declaración.

 

Datos que por su naturaleza no son directamente trasladables. Estos datos simplemente tienen carácter informativo, y no son trasladables automáticamente a la declaración, saldrá un mensaje en las notas de incorporación.

 

Una vez finalizado el asistente de incorporación de datos fiscales, aparece una lista con los conceptos trasladados  y otra con los no trasladados.

 Dicha lista se podrá consultar siempre que se quiera desde el menú Ver->Datos Fiscales Incorporados.

 

 NOTA IMPORTANTE

 Si desea obtener una información más exhaustiva sobre el procedimiento de incorporación de datos fiscales, puede consultar el documento R2014DF.pdf que se encuentra en la página web de la Agencia Tributaria http://www.agenciatributaria.es.