CUMPLIMENTACIÓN IRPF (II) > REGÍMENES ESPECIALES > IMPUTACIONES DE RENTAS POSITIVAS EN EL RÉGIMEN DE TRANSPARENCIA FISCAL INTERNACIONAL > CUMPLIMENTACIÓN.
ENTIDADES NO RESIDENTES Y CONTRIBUYENTES PARTÍCIPES

 

Están obligados a la correspondiente imputación los contribuyentes que participen directamente en la entidad no residente o bien indirectamente a través de otra u otras entidades no residentes. En este último caso, el importe de la renta positiva será el correspondiente a la participación indirecta.

 

 

-   DENOMINACIÓN DE LA ENTIDAD NO RESIDENTE PARTICIPADA

 

Se consignará la denominación o razón social de la entidad no residente cuyas imputaciones deban incluirse en la declaración.