CUMPLIMENTACIÓN IRPF. ANEXO A1 - A2 - A3- A4. DEDUCCIONES GENERALES DE LA CUOTA

DEDUCCIÓN POR OBRAS DE MEJORA EN VIVIENDA: CANTIDADES PENDIENTES DE DEDUCCIÓN

 

Desde el 14 de abril de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2012 han existido, en función del momento en que se realizaron las obras, dos regímenes de la deducción por obras de mejora:

 

1-La deducción por obras de mejora en la vivienda habitual, que podían aplicar los contribuyentes cuya base imponible fuese inferior a 53.007,20 euros anuales, por las obras realizadas desde el 14 de abril de 2010 hasta el 6 de mayo de 2011.

 

2-La deducción por obras de mejora en cualquier vivienda que podían aplicar los contribuyentes cuya base imponible fuese inferior a 71.007,20 euros anuales, por las obras realizadas desde el 7 de mayo de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012.

 

El orden de aplicación de la deducción por obras de mejora, en sus dos modalidades en la declaración del ejercicio 2014 será la siguiente:

 

Primero: Deducción por obras de mejora en vivienda:

 

1-En primer lugar las cantidades satisfechas desde el 7 de mayo al 31 de diciembre de 2011pendientes de deducción. Porcentaje de deducción, 20 por ciento.

 

2-Cantidades satisfechas en el ejercicio 2012 pendientes de deducción. Porcentaje de deducción, 20 por ciento

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Los remanentes que pudieron quedar de ejercicios anteriores solo se podrán aplicar en el ejercicio 2014 si la base imponible de este ejercicio fuese inferior a 71.007,20 euros.

 

Segundo: Deducción por obras de mejora en vivienda habitual:

 

1-Cantidades satisfechas desde el 14 de abril al 31 de diciembre de 2010 pendientes de deducción. Porcentaje de deducción, 10 por ciento.

 

2-Cantidades satisfechas desde el 1 de enero al 6 de mayo de 2011 pendientes de deducción. Porcentaje de deducción, 10 por ciento.

 

Los remanentes que pudieron quedar de ejercicios anteriores solo se podrán aplicar en el ejercicio 2014 si la base imponible de este ejercicio fuese inferior a 53.007,20 euros.

 

 

 

Límite conjunto: Si en el ejercicio 2014 se tenga derecho a la aplicación de ambos regímenes de deducción por obras de mejora, la base máxima anual por declaración no podrá exceder de 71.007,20 euros.

 

Cumplimentación:

 

Es muy conveniente que para cumplimentar todos los datos que se le piden, tenga presente las declaraciones presentadas de los anteriores ejercicios 2010, 2011, 2012 y 2013.

 

En el Anexo A2 se abrirá una ventana en el que deberá indicar las cantidades pendientes:

 

1º Cantidades satisfechas desde el 7 de mayo a 31 de diciembre del ejercicio 2011 pendientes de deducción por exceder de la base máxima de deducción en los ejercicios 2011, y que tampoco se aplicó en el ejercicio 2012.

 

2º Cantidades satisfechas durante el ejercicio 2012, pendientes de deducción por exceder de la base máxima de deducción.

 

Una vez cumplimentadas las casillas relativas a la deducción por obras de mejora en viviendas, pasaremos a consignar, si hubiera, las cantidades pendientes por deducción por obras de mejora en vivienda habitual.

 

Tendremos que desglosar las cantidades pendientes de deducción satisfechas en el ejercicio 2010 de las cantidades pendientes satisfechas en el ejercicio 2011, hasta el 7 de mayo.

 

NOTA: El importe a computar por cada propietario de la vivienda no puede exceder del resultado de multiplicar 20.000 euros por la proporción que represente el porcentaje de participación del contribuyente en la propiedad de la vivienda con respecto al de todos los contribuyentes con derecho a aplicar la deducción sobre ella.

 

 

A efectos del cálculo del límite máximo de la deducción para una misma vivienda se deberá cumplimentar los datos siguientes, si existiera más de un propietario de la vivienda habitual con derecho a deducción:

 

a)   Suma de las cantidades satisfechas desde el 7 de mayo de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012 por todos los propietarios  de la vivienda con derecho a deducción por obras de mejora en viviendas. Solo se computarán las cantidades satisfechas por aquellos propietarios que tengan derecho a aplicar la deducción sobre ellas por no haber superado su base imponible la cuantía de 71.007,20 euros.

b)   Suma de las bases de las deducciones aplicadas en 2010, 2011 y 2012 por todos los propietarios de la vivienda por las cantidades satisfechas antes del 7 de mayo de 2011.

c)   Suma de las cantidades satisfechas en 2010 pendientes de deducción correspondientes a todos los propietarios de la vivienda con derecho a ella. En el caso general de que la deducción se haya aplicado por una sola vivienda, se reflejará la diferencia entre las siguientes magnitudes:

 

1-Suma de los importes reflejados por todos los propietarios de la vivienda en la casilla 532 de la declaración del 2010, si la tributación fue individual. Si la tributación fue conjunta y ambos cónyuges tienen derecho a la deducción, el importe reflejado en esa casilla es común para ambos, por lo que solo debe computarse una vez.

2-Suma de las cantidades reflejadas por todos los propietarios de la vivienda en la casilla N del Anexo A2 de las declaraciones de los ejercicios 2011 y 2012. Si la tributación fue conjunta y ambos cónyuges tienen derecho a la deducción, el importe reflejado en esa casilla es común para ambos, por lo que solo debe computarse una vez.

 

d)   Suma de las cantidades satisfechas en 2011, antes del 7 de mayo, pendientes de deducción, correspondientes a todos los propietarios de la vivienda con derecho a ella.