CUMPLIMENTACIÓN IRPF. ANEXO B1- B2- B3- B4- B5. DEDUCCIONES AUTONÓMICAS

 

La Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas,  establece nuevas competencias normativas que serán aplicables a partir del 1 de enero de 2011.

 

De acuerdo con esta Ley las Comunidades Autónomas que se indican a continuación han aprobado determinadas deducciones sobre la parte autonómica de la cuota íntegra, aplicables respectivamente a aquellos contribuyentes que tengan la consideración de residentes en el año 2014 en el territorio de cada una de dichas Comunidades Autónomas. 

 

 

Nota: 

En aquellos supuestos en los que la normativa que regula deducción establece como requisito de aplicación un límite sobre la base imponible o la base liquidable del contribuyente, éste será controlado por el programa.

 

ANDALUCIA

ARAGÓN

ASTURIAS

ILLES BALEARS

CANARIAS

CANTABRIA

CASTILLA - LA MANCHA

CASTILLA Y LEÓN

CATALUÑA

EXTREMADURA

GALICIA

MADRID

REGIÓN DE MURCIA

LA RIOJA

COMUNITAT VALENCIANA