CARGA DE ELEMENTOS DE TRANSPORTE Y CARGA DE VEHÍCULOS
La capacidad de carga de un vehículo o conjunto será igual a la diferencia entre la masa total máxima autorizada (MMA) determinado teniendo en cuenta las posibles limitaciones administrativas que en su caso se reseñen en las Tarjetas de Inspección Técnica y la suma de las taras correspondientes a los vehículos portantes (peso en vacío del camión, remolque, semirremolque y cabeza tractora), expresada, según proceda, en kilogramos (carga de elementos de transporte) o toneladas (carga de vehículos), éstas últimas con dos cifras decimales.
En el caso de cabezas tractoras que utilicen distintos semirremolques, su tara se evaluará en ocho toneladas como máximo.