El declarante o, en su caso, el presentador, se pondrá en comunicación con la entidad colaboradora por vía electrónica (directa o a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria) o acudiendo a sus oficinas, para realizar el pago de la cuota resultante y facilitar los siguientes datos:
- NIF del contribuyente (9 caracteres)
- Ejercicio fiscal (4 caracteres)
- Período = 0A (cero A)
- Código del modelo de la autoliquidación = 100
- Tipo de autoliquidación = "I" Ingreso
- Importe a ingresar, expresado en euros con dos decimales (deberá ser mayor que cero).
- Opción 1: No fracciona el pago.
- Opción 2: Sí fracciona el pago y no domicilia el segundo plazo.
- Opción 3: Sí fracciona el pago y sí domicilia el segundo plazo.
La entidad colaboradora, una vez contabilizado el importe, asignará al contribuyente un Número de Referencia Completo (NRC) que generará informáticamente mediante un sistema criptográfico que relacione de forma unívoca el NRC con el importe ingresado.
Una vez realizado el ingreso, la Entidad colaboradora proporcionará al obligado tributario o al presentador el recibo-justificante de pago a que se refiere el apartado 3 del artículo 3 de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio. En dicho recibo-justificante de pago, en todo caso, deberá figurar el Número de Referencia Completo (NRC) asignado por la entidad colaboradora al ingreso realizado.
El declarante, o, en su caso, el presentador, una vez realizada la operación anterior y obtenido el NRC correspondiente, conectará con la Sede electrónica de la Agencia Tributaria en la dirección https://www.agenciatributaria.gob.es y procederá como sigue:
Seleccionará el concepto fiscal (Renta 2014. Presentación de declaración).
1- Seleccionará el fichero que contiene la declaración a transmitir.
2- Introducirá el NRC suministrado por la entidad colaboradora
3- A continuación procederá a transmitir la autoliquidación utilizando cualquiera de las formas de presentación electrónica indicadas en el apartado “Formas de presentación electrónica”.
4- Si el presentador es una persona o entidad autorizada para presentar declaraciones en representación de terceras personas, se requerirá utilizar certificado electrónico reconocido.
5- Si la autoliquidación es aceptada, la Agencia Estatal de Administración Tributaria le devolverá en pantalla los datos de la autoliquidación con resultado a ingresar validados con un código seguro de verificación de 16 caracteres, además de la fecha y hora de la presentación.
6- En el supuesto de que la presentación fuese rechazada, se mostrará en pantalla la descripción de los errores detectados. En este caso, se deberá proceder a subsanar los mismos con el programa de ayuda con el que se generó el fichero o repitiendo la presentación si el error fuese ocasionado por otro motivo.
7- El presentador deberá imprimir y conservar la declaración aceptada así como el documento de ingreso o devolución y en su caso el documento de ingreso del segundo plazo modelo 102, debidamente validados con el correspondiente código seguro de verificación.